Varios publicados en la fecha 09 de agosto de 2011

CASA CENTRALC.C.POR 5 DÍAS – El Juzgado en lo Correccional N° 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta ciudad, cita RAMÓN HUMBERTO ESCOBAR, DNI 28.883.625, argentino, nacido el día, hijo de Oscar y Dominga Matilde Viscarra, con último domicilio conocido en calle Paraje Villa Jardín, de la localidad de San Pedro, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: “San Nicolás, 3 de junio de 2010.Atento a los informes obrantes a fs. 62 y 70, y desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Ramón Humberto Escobar, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días (cfr. 129 del CPP), que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde y disponerse su comparendo compulsivo, expidiéndose orden de averiguación de paradero (cfr. Arts.129, 303 y 304 del CPP). Notifíquese, Fdo.: Sebastián L.Zubiri, Juez”. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de Hurto, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre N° 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo rebelde y expedirse orden de averiguación de paradero (Arts. 129 y 304 del CPP). San Nicolás, 12 de julio de 2011.Gladis Verónica Biglieri, Secretaria.C.C. 8.763 / ago. 3 v. ago. 9 POR 5 DÍAS – El Juzgado en lo Correccional N° 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta ciudad, cita ROBERTO CARLOS MARTÍNEZ, DNI 35.702.050, argentina, nacido el día 20 de julio de 1984, hijo de Roberto y de Liliana Martínez, con último domicilio conocido en calle Francia N° 1588, de la localidad de Ramallo, por el término de cinco días, a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: “San Nicolás, 06 de julio de 2011. Atento a los informes obrantes a fs. 69 y 75, y desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Roberto Carlos Martínez, notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días (cfr. Art.129 del CPP), que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de detención (cfr. Arts. 129, 303, 304 del CPP). Notifíquese. Fdo.: Sebastián L. Zubiri, Juez”. El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de Tentativa de Robo, deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre N° 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo rebelde y expedirse orden de detención. (Arts.129 y 304 del CPP). San Nicolás, 06 de julio de 2011.Gladis Verónica Biglieri, Secretaria.C.C. 8.766 / ago. 3 v. ago. 9 POR 5 DÍAS – El Tribunal Criminal N° 1 cuya presidencia ejerzo, en la causa Original N° 660/08, Orden Interno N° 2090, caratulada: Tarquinus Daniel Domingo:Barroca Nelson Edgardo s/ Sustracción coactiva agr. reiterada (2 hechos) en conc. real en Bahía Blanca”, con 1 de abril de 2011, ha dictado veredicto y sentencia, siendo el imputado DANIEL DOMINGO TARQUINUS condenado por mayoría de opiniones de los Dres. De Rosa y Burgos, por el delito de Privación Ilegítima de la Libertad Agravada Reiterada (dos hechos) en los términos de los Arts. 142 inc. 1ro. y 55 del C. Penal a la pena única de tres años de ejecución condicional e imponer las reglas de conducta que establece el Art. 27 bis del Código Penal por igual término, con más el pago de las costas procesales, según hechos cometidos en la ciudad de Tres Arroyos el 28 de junio de 2004 en perjuicio de Carlos Facundo Lemble y Rafael Alberto Oleaga (Arts. 5, 29 inc. 3, 40, 41, 55, 58 y 142 inc. 1 y 3 del CP y 530 y 531 del CPP). Enrique José Montironi, Juez. Bahía Blanca, 4 de julio de 2011.C.C. 8.722 / ago. 3 v. ago. 9 POR 5 DÍAS – Por disposición del Señor Presidente del Tribunal Criminal N° 1, del Departamento Judicial Bahía Blanca, Doctor Enrique José Montironi, en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N° 4.474, haciéndole saber que en la causa seguida a RUBÉN ALEJANDRO OVIEDO, causa Original N° 100/11; (Orden Interno N° 2470) por los delito de Robo Calificado por el uso de arma en grado de tentativa en los términos del Art. 166 inciso 1° y 2° en relación del Art. 42 del Código Penal.Víctima: Damián Alejandro Maillet en Bahía Blanca, iniciada el 25 de agosto de 2010, en la que con fecha 28 de junio de 2011 se resolvió condenar a Rubén Alejandro Oviedo, en la presente causa original N° 100/11; orden interno N° 2.470; corriente a fs. 200/206, a la pena de tres años de prisión; con más el pago de las costas procesales; como autor penalmente responsable del...

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