Varios publicados en la fecha 26 de mayo de 2011

CA SA CEN TRALC.C.POR 5 DÍAS – Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Néstor A. de Aspro, Secretaría Única a mi cargo, en la I.P.P. Nº 06-00-0068668-08 caratulada “Ernesto Nicolás Herrera s/ Tenencia de Estupefacientes para consumo personal”, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: “El Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, notifica a ERNESTO NICOLÁS HERRERA DNI 26.178.878 del siguiente resolutorio: “La Plata, 31 de marzo de 2011… Resuelvo: I) No hacer lugar al planteo de inconstitucionalidad efectuado respecto del art. 14 inc. 2do. de la Ley 23.737 por los fundamentos que anteceden. II) No hacer lugar al Sobreseimiento, solicitado por la defensa, respecto de Herrera Ernesto Nicolás por el hecho ocurrido en horas de la noche del día 4 de marzo de 2008, constitutivo “prima facie” del delito de Tenencia de estupefacientes para consumo personal, con arreglo a lo normado por elart. 14 segunda parte de la Ley 23.737 y 157, 158, 210 y 323 a contrario del C.P.P. III) Notifíquese, fecho, elévese a Juicio la presente I.P.P. Nº 6868-08 de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 5 Deptal. seguida a Herrera Ernesto Nicolás por el delito de Tenencia de Estupefacientes al correspondiente (art. 337 del Cód.Proc. Penal). Fdo. Néstor A. de Aspro, Juez de Garantías”. Asimismo solicito la posterior remisión al organismo a su cargo, de constancias de la publicación. Alessandro F.M.Vitale, Secretario. La Plata, 06 de mayo de 2011. C.C. 5.333 / may. 19 v. may. 26 POR 5 DÍAS – La Unidad Funcional de Instrucción de Delitos Culposos Nº 10, del Departamento Judicial de La Plata a cargo de la Dra. María Antonieta Scarpino, Agente Fiscal, Secretaría a mi cargo, cita y emplaza a FARFAN ALEJANDRO CLAUDIO, para que dentro del término indicado comparezca a la sede de esta Fiscalía, sita en calle 7, entre 56 y 57, subsuelo, La Plata, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, en el marco de la I.P.P. 06-00-036632-07 caratulada “Homicidio Culposo Farfan Alejandro claudio y Guerrero Federico” en trámite por ante esta U.F.I., a cargo de la Agente Oficial mencionada, seguida a Farfan Alejandro Claudio por el delito de Homicidio Culposo, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de solicitar la pertinente declaración de rebeldía. En consecuencia, de transcribe la resolución que ordena el presente: “La Plata, 14 de abril de 2011. Visto que hasta el día de la fecha no ha logrado ser notificado en el domicilio aportado en autos, el imputado Farfán Alejandro Claudio, cíteselo en la forma prevista por el artículo 129 del C.P.P. para que comparezca en el término de cinco días de terminada la última publicación en el Boletín Oficial, ante la sede de esta Fiscalía, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar la pertinente declaración de rebeldía en su contra.” Fdo. Dr. Carlos Alpino Vercellone. Agente Fiscal. Secretaría, 14 de abril de 2011. Dra. María Laura Cancinos, Secretaria.C.C. 5.332 / may. 19 v. may. 26 POR 5 DÍAS – La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.Graciela María Buscarini, cita y emplaza a DELLA MAG- GORIA GONZALO VÍCTOR, argentino, DNI 31.977.327, hijo de Daniel Víctor y de Arguello, Stella Maris, con último domicilio en Avda Pavón 1175 de Avellaneda, en causa Nº 3188-3 seguida al nombrado por el delito de Encubrimiento, para que en el término de cinco (5) días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata (calle 8 e/ 56 y 57, 1º Piso, La Plata), bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente:“La Plata, 2 de mayo de 2011… y Vistos: Que habiéndose cursado notificación al imputado Gonzalo Víctor Dellamagoria, requiriéndose además sus fichas dactilares para obtener informe de sus antecedentes en el Registro Nacional de Reincidencia, ello, al domicilio que constituyera en el acta de caución juratoria de fs. 9 del Incidente de Excarcelación que corre por cuerda, se informó que en distintas oportunidades no se ubicó a ningún morador, observándose que la casilla aparentemente está abandonada. (vr. fs. 570/571). Por ello resuelvo: I. De conformidad con lo dispuesto por los arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal citar por edictos a Dellamaggoria Gonzalo Víctor, para lo cual se oficiará al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco (5) días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de revocársele la excarcelación, ser declarado rebelde y ordenarse su detención (art. 189 y cctes del CPP). II. Comunicar al depositante de la caución real (fs.6/7 del Incidente respectivo) que si en el plazo máximo de quince días no presenta a Dellamagoria, se revocará la excarcelación oportunamente acordada y se ejecutará la fianza, transfiriéndosela al Patronato de Liberados… Regístrese. Notifíquese. Graciela M. Buscarini. Juez”. C.C. 5.331 / may. 19 v. may. 26 POR 5 DÍAS – El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 4 del Departamento Judicial Morón, Dr.Rodolfo Castañares, cita y emplaza a ARTURO JAVIER MARECO, argentino, instruido, soltero, con último domicilio conocido sito en la calle José María Moreno Nº 806 de la Localidad de González Catán, Partido de La Matanza, nacido el 6 de abril de 1987, titular del DNI Nº 33.024.540, hijo de Miguel Mareco y de María Martínez, por el término de tres días computables a partir de la última publicación comparezca a estar a derecho con respecto a la causa Nº 3360 (1223/10) (Carpeta de causa Nº 686 del Juzgado de Garantías Nº 6 Departamental; IPP Nº 10-00-016.741-10 de la UFI Nº 3 Departamental) caratulada “Mareco, Arturo Javier s/ Robo Agravado por tratarse de un vehículo dejado en la Vía Pública” del registro de la Secretaría Única a cargo del suscripto, y se lo notifique de la resolución que se transcribe: “Morón, 8 de abril de 2011. Habida cuenta el infructuoso resultado de las diligencias obrantes a fs.95/100 y 101/106, e ignorándose la residencia actual del procesado Mareco, procédase a disponer su citación y emplazamiento mediante notificación edictal, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde, revocar su excarcelación y ordenar su captura, para que en el término de tres días, computable a partir de la última publicación, se presente para estar conforme a derecho. En consecuencia, líbrese oficio al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires a fin de que , durante cinco días, publique el emplazamiento antes mencionado, debiendo remitir un ejemplar del número de Boletín Oficial o constancia que pruebe el cumplimiento de la medida ordenada, la que será exenta de sellado y tasas judiciales. (art. 129 del CPP). Fdo.: Rodolfo Castañares, Presidente.” Secretaría, 18 de abril de 2011. Alejandro Daniel Fernández, Secretario.C.C. 5.330 / may. 19 v. may. 26 POR 5 DÍAS – El Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Morón, cita y emplaza a SILVIO GÓMEZ (apodado “Cheto”, argentino, soltero, vendedor ambulante, instruido, nacido el 23 de noviembre de 1970 en la localidad de Ingeniero Budge, partido de Lomas de Zamora, hijo de Silvio Domigno Gómez y de Vicenta Celiauro con último domicilio en Osorio Nº 2320 de la localidad y partido de Merlo, con prontuario Nº 998.796 de la Sección A.P. de la Policía Bonaerense) Por el término de tres días computables a partir de la última publicación del presente a estar a derecho en los autos Nº 688 caratulada “Gómez Silvio s/ Hurto agravado por escalamiento y robo agravado por el uso de arma en concurso real entre sí”, (I.P.P. Nº 86.429 de la Fiscalía General con intervención de la U.F.I.J Nº 8 Departamental; Carpeta de causa Nº 1663 del Juzgado de Garantías Nº 3 Departamental; identificada en la Excelentísima Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental bajo el Nº 3615/2001) del registro de la Secretaría Única; ello, conforme el auto que se transcribe a continuación: “Morón, abril 29 de 2011. I. Por recibida y atento a lo actuado a fs. 92 y 101 del recurso de casación acollarado, e ignorándose el domicilio actual del imputado Silvio Gómez, dispónese su citación y emplazamiento mediante notificación por edictos para que en el término de tres días computables desde la última publicación se presente a estar a derecho en los presentes actuados; ello, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenarse su comparendo o detención según corresponda (Conf. art. 129 y 304 del C.P.P.). II. A fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el párrafo que antecede, líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires para que se lleve a cabo la publicación por el término de cinco días judiciales del emplazamiento antes mencionado, debiendo remitirse a esta sede el primer y último ejemplar que pruebe el cumplimiento de la medida ordenada (art. 129 del C.P.P.). Humberto González. Secretaría, 29 de abril de 2011. Analía Torelli, Secretaria.C.C. 5.329 / may. 19 v. may. 26 POR 5 DÍAS – En la Causa Nº 16493 (I.P.P. Nº 00/6306/08) seguida a “Sánchez Samanta/ Bacaresa Mauro s/ Infracción Ley 23.737”, de...

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