Varios publicados en la fecha 03 de enero de 2011

CA SA CEN TRALC.C.POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8, Secretaría Única, del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace saber que en los autos:“Buron Ricardo Jorge s/ Quiebra (Pequeña)”, el 3 de diciembre de 2010 se ha decretado la Quiebra de RICAR- DO JORGE BURON con domicilio en Dorrego N° 824, Piso 4, Dpto. A de la localidad de Coronel Pringles, intimándose a los deudores y a quienes detentan bienes de aquél los entreguen al Síndico Cr. Jorge L. Trillini, con domicilio en Drago N° 26, Piso 7, Oficina 1 de esta ciudad, prohibiéndose hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces.Se ha fijado el día 21 de marzo de 2011, fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos al síndico. Se señalaron los días 5 de mayo de 2011 para la presentación del informe individual y 17 de junio de 2011 para el informe general. Bahía Blanca, 13 de diciembre de 2010. Blas Facundo Antolí, Secretario.C.C. 216.622 / dic. 28 v. ene. 3 POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° Uno, interinamente a cargo del Dr.Martín Ordoqui Trigo, Secretaría Única, a cargo de la Dra.Marta Beatriz Bernard, del Departamento Judicial Necochea, comunica que con fecha 10 de diciembre de 2009, se ha decretado la Quiebra de la Sra. STELLA MARIS BLANCO, CUIL 27-10614331-0, con domicilio real en calle 65 N° 4644 de Necochea, partido del mismo nombre, Prov. de Buenos Aires, fijándose hasta el día 22/02/2011, el plazo para que los acreedores presenten sus demandas de verificación ante el Síndico Cr. Espósito Eduardo Luis, con domicilio en calle 65 N° 2915 de Necochea, ante quien y donde se recibirán los días lunes, miércoles y viernes de 17 a 19 hs. Se fija como fecha para la presentación del Informe Individual el día 20/04/2011 y para la presentación del Informe General el día 02/06/2011. Se intima a los deudores y a terceros que posean bienes de la fallida, para que los pongan a disposición del Sr. Síndico. Se prohíbe el pago a deudores, bajo apercibimiento de tenerlos por no realizados. Se dispone la retención de la correspondencia epistolar y telegráfica, la que deberá ser remitida a la Sindicatura. El presente se libra en los autos: “Blanco, Stella Maris s/ Quiebra (Pequeña)” Expte. N° 34571. Necochea, 13 de diciembre de 2010. Marta B. Bernard, Secretaria.C.C. 216.611 / dic. 28 v. ene. 3 POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 8, Secretaría Única del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace saber que en los autos:“Buron, Gustavo Roberto s/ Quiebra(Pequeña)”, el 3 de diciembre de 2010 se ha decretado la Quiebra de GUS- TAVO ROBERTO BURON, con domicilio en San Martín N° 739, Piso 7 Dpto. B de la localidad de Coronel Pringles, intimándose a los deudores y a quienes detentan bienes de aquél, los entreguen al Síndico Cr. Agustín Gabriel Llull, con domicilio en calle Gorriti N° 740 de esta ciudad, prohibiéndose hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces.Se ha fijado el día 21 de marzo de 2011, fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación de sus créditos al Síndico. Se señalaron los días 5 de mayo de 2011 para la presentación del Informe Individual y 17 de junio de 2011 para el Informe General.Bahía Blanca, 13 de diciembre de 2010. Blas Facundo Antolí, Secretario.C.C. 216.621 / dic. 28 v. ene. 3 POR 5 DÍAS – En la causa N° IPP N° 1/63274 seguida a Vecchioli Antonio por Lesiones Leves, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, SecretaríaÚnica a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era Avenida Costanera N° 1179 Depto. 6 de Las Toninas, la resolución que dictará este Juzgado con fecha 16 de diciembre de 2010, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Resuelvo: 1) Sobreseer totalmente a ANTONIO HÉCTOR VECCHIOLI, DNI 12.301.389, argentino, naido el 13 de abril de 1956 en Sarandí, hijo de Antonio Omar y de Irma Calcaño y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones Leves, (Arts. 59, inc. 3°; 62 inc.2° y 89 del Código Penal y 336, inc. 1° del C.P.P.). 2) Atento desconocer el domicilio del imputado, procédase a su notificación por edicto judicial lo que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del CPP. 3) Líbrese oficio al Ministerio de Seguridad a fin de levantar el pedido de averiguación de paradero que pesa sobre el nombrado. Levántese la Rebeldía y Captura del encartado. Notifíquese. Fdo. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1”. Dolores, 16 de diciembre de 2010. Laura Inés Elías, Juez.C.C. 216.616 / dic. 28 v. ene. 3 POR 5 DÍAS – En la causa N° 8993 IPP N° 48880 SURAPHON CHANCHAMPA Hurto Simple, de trámite ante este Juzgado de Garantías N° 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle México y Sargento Cabral de Chascomús, la resolución que dictará este Juzgado con fecha 16 de diciembre de 2010. cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:Autos y Vistos:… Resuelvo: 1) Sobreseer totalmente a Suraphon Chanchampa, nacido el 6 de diciembre de 1975, DNI 92.242.119, hijo de Lom y Ming Upuri y declarar la extinción de la acción penal… por haber operado la prescripción, en relación a los delitos de Hurto Agravado de Escalamiento en grado de tentativa prevista y penado por el Art. 163 inciso 4° y 42 del CP en concurso real con Hurto Simple previsto y penado por el Art. 162 del CP. 2) Regístrese, notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. 3) Levántese la rebeldía y captura del encartado. Fecho, realícense las comunicaciones de Ley. Fdo. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1”. Dolores, 16 de diciembre de 2010.C.C. 216.617 / dic. 28 v. ene. 3 POR 5 DÍAS – En la causa N° 19062, seguida a Arano Damián / Bustamante Maximiliano s/ Incidente Eximición de Prisión, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N° 1, a mi cargo, del Departamento Judicial de Dolores, Secretaría a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, a fin de notificar a DAMIÁN ARANO y a BUSTAMANTE MAXIMI- LIANO o MÁXIMO, Garay N° 774 y Las Heras N° 337 de la localidad de Chascomús, la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: “…Por ello: argumentos expuestos y disposiciones legales citadas, Resuelvo:Conceder el beneficio de la eximición de detención a favor de los ciudadanos Arano Damián y Maximiliano o Máximo Bustamante, bajo Caución Juratoria, previo labrado del acta respectiva por Secretaría, debiendo comparecer los eximidos en el término de cinco días, bajo apercibimiento de ser revocado el beneficio otorgado. Atento desconocerse el domicilio de los nombrados, notifíqueselos mediante Boletín Oficial. Regístrese, notifíquese”. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N° 1. Dolores, 14 de dicembre de 2010.C.C. 216.618 / dic. 28 v. ene. 3 POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Juez del Juzgado Correccional N° 3 Departamento Judicial de Mercedes (B), en causa N° 1674/07-2788, caratulada: “Barrios, Maximiliano Ramón s/ Encubrimiento en Moreno (B), notifica por este medio a BARRIOS, MAXIMILlANO RAMÓN, la siguiente resolución: “Mercedes, 15 de diciembre de 2010.Autos y vistos: ... Y Considerando: ... Por las razones dadas y lo dispuesto en los Arts. 59 inc. 3°, 62 inc. 2°, 67 y 277 del C.P., Resuelvo: I) Sobreseer a Maximiliano Ramón Barrios, relacionado al delito de Encubrimiento, imputado en la presente causa, por encontrarse extinguida la acción penal por prescripción, cerrando definitiva e irrevocablemente el proceso respecto de la misma, a cuyo favor se dicta, archivándose la presente II) Déjese sin efecto la orden de comparendo dictada a fs. 23.. Fdo. Dra. María Laura Pardini. Juez”. Mercedes (B), 15 de diciembre de 2010.C.C. 216.607 / dic. 28 v. ene. 3 POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº Cuatro del Departamento Judicial de Bahía Blanca, interinamente a cargo de la Dra. Gilda Stemphelet, cita y emplaza a GALLINGER JUAN CARLOS D.N.I. 16.922.010, en Causa Nº 963 UFIJ N° 3 I.P.P. Nº 18247-09; para que comparezca dentro de los cincos días de publicado el presente a la sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3 a fin de recibirle declaración en los términos del Art. 308 del C.P.P., bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo.- Bahía Blanca, 15 de diciembre de 2010. Gilda Stemphelet, Juez de garantías.C.C. 216.620 / dic. 28 v. ene. 3 POR 5 DÍAS - Por disposición del Tribunal en lo Criminal N° 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi N° 137, en Causa N° 908/199 seguida a CRISTIAN JAVIER VILLEGAS por Robo simple en San Clemente del Tuyú, a los efectos de que se proceda a publicar edicto por el término de 5 días, a fin de notificar al nombrado la resolución que a continuación se transcribe: ‘’Dolores, 16 de diciembre de 2010. Autos y Vistos Para resolver en la presente causa Nº 908/199 seguida a Cristian Javier Villegas por el delito de Robo simple en San Clemente del Tuyú, y Considerando. Que conforme surge del Veredicto y sentencia dictados el 13 de abril de 2009 a fs.347/351, Cristian Javier Villegas fue condenado como autor responsable del delito de Robo simple a la pena de un mes de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR