Varios Publicados en la Fecha 20 de Diciembre de 2007

DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION instruccion de sumarios auditoria internaLa Plata, 17 de octubre de 2007.POR 5 DIAS- AUTOS Y VISTOS: Corresponde Expediente Nº 5811-2618183/03. Los presentes actuados que tratan sobre sumario administrativo disciplinario por presuntas irregularidades en las que habría incurrido el docente BIGNOZZI, Alejandro durante su desempeño como Profesor provisional en la Escuela de Enseñanza Media nº 2 del distrito de Puan y;CONSIDERANDO: Que las actuaciones se inician por una nota elevada por la Directora del Establecimiento Sra. Patricia Aicega a la Inspectora de Area Región XIV, de la Dirección de Educación Polimodal y TTP, informando la actitud del mencionado profesor con un grupo de alumnos en una clase de tercer año “A”, el viernes 7 de junio de 2002, mostrando un diskette con imágenes pornográficas en la máquina del aula, comentando que las mismas los alegraría luego de que Argentina perdiera ante Inglaterra. Se informa al profesor el deber de comunicar a Jefatura lo acontecido a no ser que decidiera renunciar. El mencionado docente considera que el equipo ha actuado correctamente, pidiendo disculpas por lo ocasionado y se compromete a presentar la renuncia el mismo día, cosa que no sucede.Que a fs. 47/48 la Subsecretaria de Educación dicta la disposición Nº 131/04 ordenando instruir sumario administrativo disciplinario y continuar con el relevo transitorio de funciones, por lo cargos que se atribuyen a saber: 1.- Proyectar un disquette con imágenes pornográficas en una clase de TTP. 2.- Utilizar vocabulario incorrecto y grosero en el aula. 3.- Falta de respeto hacia integrantes de la comunidad educativa.Que a fs.68 es designado el Dr. Rogelio Lozano a fin de hacerse cargo de las actuaciones, aceptando el cargo en igual foja.Que en virtud de las consideraciones expuestas, a fs. 69, la instrucción actuante resuelve decretar la apertura de la etapa de acumulación de la prueba de cargo y el secreto sumarial, y al mismo tiempo citar a prestar declaración indagatoria al docente de marras.Que, en esta instancia de las actuaciones corresponde pasar a analizar los cargos endilgados en la Disposición sumarial.Que, el cargo n° 1 es Proyectar un disquette con imágenes pornográficas en una clase de TTP.Que, a fs. 5 obra agregada copia de acta de reunión del Prof. Bignozzi con la Directora y el Secretario del establecimiento, en la cual aquel reconoce que después del partido de Fútbol Argentina e Inglaterra presentó a los alumnos un disquette con imágenes pornográficas.Que, a fs. 34/35 declara el Prof. Humberto Sariac, quien preguntado sobre cual fue la actitud del docente cuando se le informa que los alumnos lo inculpan de haber utilizado un disquette con pornografía, responde que en ese momento el Prof. Bignozzi “agachó la cabeza y dijo sí...el disquette, como dándose cuenta de que había hecho algo indebido”.Que, a fs. 18/19 declara la alumna Marcela Wagner, quien confirma haber estado presente al momento en que el profesor Bignozzi puso un disquette con imágenes pornográficas en una clase de TTP.Que, a fs. 29 presta declaración testimonial el alumno Walter Cristian Raúl quien manifiesta haber estado presente en la clase en la cual el profesor puso un disquette con imágenes pornográficas, y que según los dichos del profesor, lo hacia para levantarle el animo a los alumnos luego de la derrota de Argentina contra Inglaterra.Que, las declaraciones de la Directora Sra. Patricia Aicega, a fs. 36/37, son contestes con los dichos del Secretario del establecimiento, agregando que el docente reconoció como cierto el haber puesto un disquette con pornografía.Que, luego de analizar todas las pruebas obrantes en autos, esta instrucción concluye que ha quedado acreditado que el docente Bignozzi proyectó un disquette con material pornográfico durante una clase de TTP, por lo cual el cargo identificado con el n° 1 ha quedado PROBADO.Que el cargo n° 2 es utilizar vocabulario incorrecto y grosero en el aula.Que, respecto a este cargo se encuentran agregadas declaraciones testimoniales coincidentes en cuanto al vocabulario y al manejo de grupo por parte del Profesor Bignozzi.Que, a fs. 18 la alumna Marcela Wagner declara que: “el Profesor era muy confianzudo, como que era un compañero más...” respecto al vocabulario detalla que “era malo, incorrecto, decía malas palabras o trataba a los alumnos con sobrenombre”.Que, a fs. 20 declara el alumno Garciandia Cristian Pablo, quien manifiesta que el profesor Bignozzi “...a veces utiliza alguna malas palabras”, y respecto a las bromas indica que el docente solía poner sobrenombres a los alumnos.Que, a fs. 22 presta declaración testimonial el alumno Viñas Mauro Javier quien relata que: “...Cuando el profesor daba la clase utilizaba vocabulario técnico, pero en una conversación corriente decía malas palabras, nos llamaba por sobrenombres como si tuviera mucha confianza con nosotros”.Que, a fs. 29 declara Walter Cristian Raúl quien manifiesta: “El profesor a veces nos trataba con apodos y no nos trataba bien.” “Bromas pesadas. Hacia comparaciones con otros alumnos. En muchas oportunidades me trato mal. Yo en una oportunidad dije que me llamaban Raulito, y el me dijo ¿por el chisito?, y que a él le decían bombero.”Que, las declaraciones de los alumnos Breitelztein Anabela Belén y Walter Juan Pablo, de fs. 24 y 26, son contestes con los testimonios anteriormente citados.Que, luego de analizar cada una de las declaraciones obrantes en el presente sumario, se concluye que el cargo identificado con el n° 2 utilizar vocabulario incorrecto y grosero en el aula se encuentra PROBADO.Que, el cargo n° 3 es Falta de respeto hacia integrantes de la comunidad educativa.Que, esta instrucción entiende que por lo expuesto en las anteriores consideraciones, se puede concluir también, que con su accionar el Prof. Bignozzi ha faltado el respeto hacia alumnos como integrantes principalísimos de la comunidad educativa, e indirectamente a sus progenitores y pares docentes, por lo que esta Instrucción considera el cargo identificado como nº 3 “Falta de respeto hacia integrantes de la comunidad educativa” se encuentra PROBADO. Por todo ello esta Instrucción RESUELVE:1).- Decretar el cierre de la etapa de prueba de cargo y el levantamiento del secreto sumarial Art. 92 ap. LXIX del decreto 4161/96.2).- Imputar al docente BIGNOZZI, Alejandro, D.N.I. N° 24.291.164, por los cargos identificados con el n° 1.- Proyectar un disquete con imágenes pornográficas en una clase de TTP, y 2.- Utilizar vocabulario incorrecto y grosero en el aula, 3.- Falta de respeto hacia integrantes de la comunidad educativa, por trasgresión a lo normado en el articulo 6 inc. b), c) de la Ley 10579 Estatuto del Docente, y artículos 149 inc.2 del Reglamento General para Escuelas Públicas, decreto 6013/58 y modificatoria Decreto 619/90.3).-Conferir al imputado vista de las actuaciones otorgando plazo de diez (10) días hábiles para presentar su descargo y ofrecer las pruebas que estime conveniente para su defensa, conforme lo dispuesto en el art. 92 apartado LXXIII y LXXXII del Decreto 4161/96 reglamentario de la Ley 10430.4).- Notificar al docente el presente auto de imputación al domicilio denunciado.Rogelio H. Lozano, Abogado - Instructor Sumariante, Auditoría Interna.C.C. 215.094 / dic. 14 v. dic. 20MUNICIPALIDAD DE FLORENCIO VARELAPOR 5 DIAS - La Municipalidad de Florencio Varela cita y emplaza a los propietarios de inmuebles sitos en el partido de Florencio Varela, los cuales se detallan en el Boletín Oficial Municipal, de fecha 10 de diciembre de 2007, que se encuentra a disposición de los contribuyentes en la Dirección de Rentas del Municipio, sita en 25 de Mayo 2725 P.B., de Florencio Varela, para que comparezcan dentro del plazo de cinco (5) días, ante la citada dependencia, en el horario de 8.00 a 14.00; a los efectos de cancelar la deuda correspondiente a la Tasa por Servicios Públicos, Salud y Acción Social y Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal con más los accesorios previstos en la Ordenanza Fiscal e Impositiva Nº 4035/01 y 4826/06. Bajo apercibimiento de iniciarse las acciones legales pertinentes, suspendiendo el presente los términos de la prescripción, conforme al artículo 1º “in fine” de la Ley 12.076”. Carlos Mario Icardi. Director Gral. de Prensa y Difusión.C.C. 15.014 / dic. 14 v. dic. 20MINISTERIO DE SEGURIDAD CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LAS POLICIASPOR 5 DIAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por cinco (5) días en el expediente 2.138-114737 caratulado “Torres Barboza Ricardo Germán - Lemos Cintia Cristina (esposa) s/Pensión” a toda persona que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes intervinientes. La Plata, 13 de noviembre de 2007. Eduardo Alberto Fraga. Vicepresidente.C.C. 14.983 / dic. 14 v. dic. 20POR 5 DIAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por cinco (5) días en el expediente 2.138-114603 caratulado “Moring Enrique Carlos Juan - Ríos María Esther (esposa) s/Pensión” a toda persona que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes intervinientes. La Plata, 13 de noviembre de 2007. Eduardo Alberto Fraga. Vicepresidente.C.C. 14.984 / dic. 14 v. dic. 20POR 5 DIAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por cinco (5) días en el expediente 2.138-114170 caratulado “Ruggeri Aldo Héctor - Fernández María del Carmen (concubina) s/Pensión” a toda persona que se considere con derecho a beneficio bajo apercibimiento de resolverse con las partes intervinientes. La Plata, 13 de noviembre de 2007. Eduardo Alberto Fraga. Vicepresidente.C.C. 14.985 / dic. 14 v. dic. 20POR 5 DIAS - La Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de las Policías de la...

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