Varios Publicados en la Fecha 17 de Febrero de 2005

POR 5 DIAS - Por Disposicion de la Dra. Elisabet Miriam Fernandez, Interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, en causa Nº 178 del registro de la Secretaria Unica a cargo del suscrípto Notifíquese al imputado de autos.-GUSTAVO DARIO CONTRERAS, D.N.l. Nº 23.523.088, de 25 años de edad (al 14/5/99), con último domicilio en la calle San Juan 3084 de Capital Federal; por el término de 5 (cinco) días, de la resolución que se transcribe a continuación (art. 129 del C.P.P.P.B.A.): "///rón, 2 de febrero de 2005.- Autos y Vistos:.._- Y Considerando: .... Resuelvo: I.- Declarar extinguida la acción por prescripción la presente causa nº 178 del Registro de este Juzgado en lo Correccional nº 1 del Departamento Judicial Morón, seguida a Gustavo Dario Contreras, por la supuesta comisión de la falta prevista y reprimida por el art. 85 de la Ley, 8204/63.~ II.-...III.- Fdo.: Elisabet Miriam Fernandez, Juez Correccional. Ante mi: Luis R. Lamperti, Secretario.-Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente,. "///rón, 2 de febrero de 2005.- ...NOTIFIQUESE al encartado de autos mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de 5 (cinco) días, la aquí resuelto (art. 129 del C.P.P.P.B.A.).-"’ Fdo.: Elisabet Miriam Fernandez, Juez en lo Correccional. Ante mí: Luis Roque Lamperti, Secretario.-C.C. 698 - feb. 11 v. feb. 17POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional Nº4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo de la Sra. Juez Dra. María Fernanda Ferreyra, cita y emplaza a NUÑEZ MELO BERTA DEL CARMEN, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 533740, seguida al nombrado en orden al delito de HURTO SIMPLE, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo, (Arts. 303, 304 del C.P.P). Lomas de Zamora, 30 de diciembre de 2004, Alejandro Claudio Sgarlata, Auxiliar Letrado.C.C. 701 - feb. 11 v. feb. 17POR 5 DIAS - ///field. 23 de diciembre de 2004. Autos y vistos ... y Considerando: ... Resuelvo: Sobreseer totalmente y sin costas a HORACIO JOSE PALLEIRO RODRIGUEZ cuyas demás circunstancias personales obran en autos, respecto al hecho acaecido el día 7 de abril de 2004 por el cual el Sr. Fiscal llevara a su respecto la audiencia prevista en el art. 308 del C.P.P. y entendiera constitutivo, en tal oportunidad del delito de encubrimiento, a tenor de lo preceptuado en los arts. 323 inc. 2do. y 530 del ritual, y art. 277 inc. 1 ap. o) del Código Penal. Fdo. Marisa Salvo, Juez. Ante mí: Mariela Ceresetto, Secretaria. Marina Luján Castro Auxiliar Letrada.C.C. 700 - feb. 11 v. feb. 17POR 5 DIAS – El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Jorge Luis Zunino, Secretaría a cargo de la Dra. Andrea Mauri, sito en Ituzaingó 340 6° piso de San Isidro, comunica que el 7 de septiembre de 2004 se resolvió declarar la quiebra de AGRICOLA INDUSTRIAL DEL PLATA S.R.L. inscripta en la matrícula 22.008 con fecha 11/11/86, legajo administrativo N° 40.904 de la Subdirección Registral La Plata de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, con domicilio social en Rivadavia N° 154 piso 4° oficina 406, de la localidad y partido de San Isidro. Los acreedores posteriores a la presentación en concurso preventivo y anteriores a la declaración de quiebra podrán efectuar sus pedidos de verificación en la forma dispuesta por el Art. 202 de la Ley 24.522. Los acreedores que ha obtenido verificación de sus créditos en el concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar nuevamente, debiendo el Síndico recalcular los créditos en la forma que estos fueron reconocidos en la verificación tempestiva. Intimar a la fallida para que dentro del plazo de 24 horas ponga a disposición del Juzgado todos los bienes en el modo previsto por el Art. 88 inc. 3 de la Ley 24.522, bajo apercibimiento de decretarse las medidas compulsivas del caso. Asimismo intímese a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación del fallido para que dentro del plazo de 48 horas de la última publicación de edictos coloquen los mismos a disposición del suscripto o, en su caso denuncien la ubicación o individualización de los bienes o instrumentos, todo ello bajo apercibimiento de Ley. Prohibir hacer pagos a la fallida, los que serán considerados ineficaces ( Art. 88 inc. 5 de la Ley 24.522). Publicar edictos en la forma prevista por el Art. 89 de la Ley 24.522 por el término de cinco días en el Boletín Judicial, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere por Secretaria. San Isidro 30 de diciembre de 2004. Alejandro E. Babusci, Auxiliar Letrado.C.C. 697 – feb. 11 v. feb. 17POR 5 DIAS – El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3, a cargo del Dr. Jorge A. Campolongo Alvarez, Secretaría N° 6, a mi cargo, sito en la Ituzaingó 340, piso 3, del Departamento Judicial de San Isidro, comunica por cinco días que con fecha 1° de diciembre de 2004 se decretó la quiebra de TERESA SILVIA MARIN, D.N.I. 6.428.859, con domicilio en la calle Luis Pasteur 414 de Virreyes, Pdo. de San Fernando, Pcia de Bs. As. Se intima a la fallida para que dentro del plazo de 24 horas acompañe a las presentes actuaciones toda documentación relacionada a la actividad desarrollada por la misma. Prohibir los pagos y entrega de bienes a la fallida, considerándolos ineficaces. Intímase a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documetación del fallido para que dentro del plazo de tres días desde la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del Síndico actuante Bernardo Waldfogiel con domicilio constituido en Avda. Centenario 725, 1° piso, Dpto. B, San Isidro, Pcia. Bs. As., (de lunes a viernes de 15.30 a 19.00 hs.) los respectivos pedidos de verificación en la forma prevista por los Arts. 32 de la Ley 24.522). Fijar los días 6 de mayo de 2005 y 21 de junio de 2005 para la presentación ante el Juzgado de los informes individual y general respectivamente (Art. 35 y 39 Ley de concursos). San Isidro, 30 de diciembre de 2004. Pablo S. Mazza, Aux. Letrado.C.C. 696 – feb. 11 v. feb. 17POR 5 DIAS – El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal N° 1, del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Guillermo A. Rolón, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a RICARDO ALBERTO PARADA CASTRO, a estar a derecho (Artículo 129 del Código Procesal Penal), en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N° 535/1, seguida al nombrado en orden al delito de Robo Tentado. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Banfield, 1° de febrero de 2005. En atención a lo que surge de los informes de fojas 138 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Ricardo Alberto Parada Castro, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días Fdo. Guillermo A. Rolón, Juez. Ante mi: Pablo R. Díaz Lacava, Secretario". Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado será declarado reberlde (Artículo 129 del Código Procesal Penal). Secretaría, 1° de febrero del 2005. Pablo R. Díaz Lacava, Secretario.C.C. 704 – feb. 11 v. feb. 17POR 5 DIAS – El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal N° 1, del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Guillermo A. Rolón, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a ROBERTO ARIEL OJEDA, a estar a derecho (Artículo 129 del Código Procesal Penal), en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N° 537678/1, seguida al nombrado en orden al delito de Robo. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: "Banfield, 1° de febrero de 2005. En atención a lo que surge de los informes de fojas 62/5 68/70 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el Artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Roberto Ariel Ojeda, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días Fdo. Guillermo A. Rolón, Juez. Ante mi: Pablo R. Díaz Lacava, Secretario". Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado será declarado rebelde (Artículo 129 del Código Procesal Penal). Secretaría, 1º de febrero del 2005. Pablo R. Díaz Lacava, Secretario.C.C. 703 – feb. 11 v. feb. 17POR 5 DIAS El Señor Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora Dr. Tomás A. Bravo, notifica a ANIBAL AGUSTIN SALINAS, en causa N° 6.601, la resolución que a continuación se transcribe: "Banfield, 3 de octubre de 2003. Visto: ... .Considerando: ... Resuelvo: I- Disponer el Sobreseimiento de Aníbal Agustín Salinas con respecto a los hechos oportunamente imputados respectivamente a fs. 28/31 vta. y 32/4. calificado en esa circunstancia como robo calificado por empleo de arma y por tratarse de lugar poblado y en banda en los términos de los Arts. 45 y 166 inc. 2do. y 167 inc. 2do. del C.P. (Arts. 1, 3, 210, 321, 322 y 323, inciso 3ro. del Código Procesal Penal.) Regístrese Notifíquese ... Firmado: Tomás A. Bravo Juez de Garantías. Ante mi: Dra. Silvia M. Ferrari, Auxiliar Letrada". "Banfiel, 17 de octubre de 2003. Autos Y Vistos: ... Considerando: ... Resuelvo: Regular los honorarios profesionales de la Dra. Graciela Caldini, Defensora Oficial, de la Unidad de Defensa Penal Nº 9, por su actuación en la instancia como letrada defensora de Aníbal Agustín Salinas, en la suma equivalente a sesenta (60) jus, con más los porcentajes de Ley correspondiente (Artículos 534 del Código Procesal Penal y Arts. 9, 13, 15, 16, 22, y 33 del Decreto Ley 8.904/77), los que en el plazo establecido por el Artículo...

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