Varios Publicados en la Fecha 15 de Junio de 2005

POR 15 DIAS. - El Juzgado Correccional N° 1 a cargodel Dr. Roberto Delfin Fernández, Secretaría Unica a micargo, Dr. Carlos Ariel Picco, del Departamento Judicial de Pergamino,sito en calle Pintos 1251, sita y emplaza a MARIELA ROXANA GUARDIA D.N.I.N° 29.806.418, cuyo último domicilio conocido es B° 80Viviendas El Jilguero 176 de la ciudad de Pergamino, para que comparezca al presente Juzgado a los fines que se le hará saber oportunamente, bajo apercibimiento de declarárselo rebelde en virtud de lo dispuesto por los artículos 129 y 303 del C.P.P. - Carlos Ariel Picco, Secretario. C.C. 4.546 - may. 27 v. jun. 16POR 5 DIAS- El Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional n° 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. José Antonio Michilini, cita y emplaza a YAQUELINE VANESA ANCIETA, cuyos datos filiatorios son los siguientes: nacionalidad Argentina, estado civil soltera, hija de natural de Claudia Ancieta, nacida en con fecha 29 de abril de 1985 en Capital Federal, y con último domicilio conocido en Calle Derqui Nº 4428 de Capital Federal, para que en el término de cinco (5) días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa nº 506-376 (Nº Interno 430), caratulada “Ancieta Yaqueline y otras s/ Hurto (Juzgado de Garantías N° 5- UFI Nº l), cuya resolución se transcribe: “Lomas de Zamora, 26 de mayo de 2005. Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio de las imputadas - ver fs. 153, 155 y 158, cítese a Yaqueline Ancieta y otras por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que deberán presentarse ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declaradas rebeldes.- Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo.”. Fdo. Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional. Ante mí: María Claudia Julianello, Secretaria.C.C. 4.925- jun. 9 v. jun. 15POR 5 DIAS- En Incidente Nº 1/39 caratulado “Soldavini, David Alejandro s/ Incidente de suspensión de juicio a prueba en causa N° 1068- de trámite por ante el Juzgado Correccional N° 1 de Tandil a cargo del Juez Doctor Carlos Alberto Pocorena, Secretaría Unica a cargo del Doctor Fernando Falivene, se ha dispuesto notificar a DAVID ALEJANDRO SOLDAVINO la siguiente resolución: “Tandil, 10 de junio de 2005 . Resuelvo: I) Revocar la suspensión del juicio, a prueba dispuesta a fs. 14/15 vta. en favor de David Alejandro Soldavini (Art. 27 bis, y 76 ter. cuarto párrafo del Código Penal y 404 del Código de Procedimiento Penal); II) Disponiendo que una vez firme, se prosigan las actuaciones según su estado y se cumplan con las leyes Nacional 22117 y Provincial 4474,- ... Notifíquese,- Fdo.: Carlos Alberto Pocorena - Juez Correccional, ante mí: Fernando Falivene.- Secretario” Asimismo, se solicita se sirva remitir constancia de la publicación de la siguiente notificación para su agregación a la causa, a la sede de este Juzgado, sita en calle Uriburu Sur N° 750 de Tandil.C.C. 4.983- jun. 9 v. jun. 15POR 5 DIAS- En incidente N° 1/249 caratulado “Esteban, Gabriel s/ Incidente de Suspensión de juicio a prueba en causa N° 1502” de trámite por ante el Juzgado Correccional N° 1 de Tandil a cargo del Juez Doctor Carlos Alberto Pocorena, Secretaría Unica a cargo del Doctor Fernando Falivene, se ha dispuesto notificar a GABRIEL ESTEBAN la siguiente resolución: “Tandil, treinta de mayo de 2005.- Atento el estado de autos, hágase saber al imputado Gabriel Esteban que deberá comparecer a este Juzgado -sito en calle Uriburu Sur N° 750 de Tandil- dentro de los cinco días de notificado, a fin de fijar domicilio, a este Juzgado -sito en calle Uriburu Sur N° 750 de Tandil y fijar domicilio, bajo el apercibimiento que si no lo hiciere en el plazo estipulado será declarado rebelde en los términos de los Arts. 303 y concs. del C.P.P. Firmado: Carlos Alberto Pocorena - Juez Correccional” Asimismo, se solicita se sirva remitir constancia de la publicación de la siguiente notificación para su agregación a la causa, a la sede de este Juzgado, sito en calle Uriburu Sur N° 750 de TandiI.C.C. 4.982- jun. 9 v. jun. 15POR 5 DIAS- El Juzgado en lo Correccional N° 5 del Departamento Judicial San Martín, provincia de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Patricia S. Faría. Destinatario: Claudia Alejandra Villarreal. Causa N° 828/05 (Reg. interno 808). Delito que motiva el proceso: Usurpación de Propiedad. ”///Martín, mayo 27 de 2005... Notifíquese... a la imputada la intervención de la Suscripta en las presentes actuaciones y cíteselas a Juicio por el plazo individual de 10 días, conforme lo establecido por el Art. 338 1er. párrafo del C.P.P., a fin de que interpongan las recusaciones que estimen pertinentes y ofrezcan las pruebas que pretendan utilizar en el debate ... Visto el lanzamiento llevado a cabo a fs. 128/vta. y no surgiendo del acta labrada en tal oportunidad que la imputada Villarreal, haya constituido domicilio, notifíquese mediante edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el término de 5 días a CLAUDIA ALEJANDRA VILLARREAL, de lo dispuesto precedentemente, como así también que deberá comparecer ante este Juzgado en el término de 5 días de notificado, a fin de fijar domicilio en autos, bajo apercibimiento de lo que ha lugar por derecho”. Fdo. Patricia S. Faría, Juez. Ante mí: Gloria S. Reguán, Secretaria. Secretaría, 27 de mayo de 2005.C.C. 4.930- jun. 9 v. jun. 15POR 5 DIAS - Se notifica a Fernando Dnaloi, D.N.I. 14.568.061, en la causa N° 604, que por el delito de Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar en Pigüé, se sigue al nombrado, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional N° dos a cargo del Dr. Gabriel Luis Rojas, Secretaría Unica interinamente a mi cargo, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, que se han dictado resoluciones que dicen: “Liquidación de Costas y Gastos Judiciales: Señor Juez: En concepto de costas el condenado Fernando Dnaloi deberá abonar la suma de Pesos Cuarenta y seis ($46.000). Artículo 533, inciso segundo, del Código Procesal Penal, 39 de la ley impositiva N° 12.233 y 2° y 7° de la ley 4.552. No resulta la realización de diligencias onerosas en perjuicio del Fisco. Secretaría, 3 de marzo de 2004. fdo.: Paola Lilian Schamber, Auxiliar Letrada”; “Bahía Blanca, 3 de marzo de 2004. Autos y vistos: Apruébase la liquidación de gastos y costas practicados precedentemente, téngaselos como parte integrante de la sentencia condenatoria impuesta a Fernando Dnaloi a fs. 147/149, e intímese al nombrado para que dentro del tercer día de notificado haga efectivo el importe correspondiente a las costas, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley 4.552... Notifíquese. Fdo.: Gabriel Luis Rojas, Juez en lo Correccional, ante mí, Paola Lilian Schamber, Auxiliar Letrada”. Bahía Blanca, 23 de mayo de 2005.C.C. 4.994 - jun. 9 v. jun. 15.POR 5 DIAS - Se cita y emplaza a Sebastian Sergio Roldan Aransibia, D.N.I. 33.231.835, en la causa Nº 1191, que por el delito de tentativa de Robo en Punta Alta, se sigue al nombrado, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional N° dos a cargo del dr. Gabriel Luis Rojas, Secretaría Unica a cargo de la doctora Milena Marisa Menichelli, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, para que en el término de tres días comparezca al asiento de este Juzgado, sito en calle Estomba N° 4, piso 3°, de la ciudad de Bahía Blanca, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. Bahía Blanca, 24 de mayo de 2005. Paola Lilian Schamber, Auxiliar Letrada”.C.C. 4.992 - jun. 9 v. jun. 15.POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Correccional N° 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a Gabriel Alejandro Yeri y/o Jeri D.N.I. 26.274.116, que en la causa n° P-00822, caratulada: “Barreto, Javier A. Fernández, Adam Gutiérrez, Pedro H. Fernández, Omar O. Jeri y/o Yeri, Gabriel A. S/Tenencia de Arma de Uso Civil” se ha resuleto lo siguiente: “Campana, 26 de mayo de 2005. Vistas: ... Y considerando: .... Resuelvo: I) Declarar la Nulidad de la declaración prestada en sede policial por Gabriel Alejandro Yeri y/o Jeri, y por Omar Olimpo Fernández a fs. 35 y 36 respectivamente (art. 303 y ccdts. del C.P.P) y todo lo actuado en consecuencia. II) Declarar la extinción de la Acción Cotravencional por prescripción en la presente causa n° 822, respecto de Gabriel Alejandro Yeri y/o Jeri y en orden a la falta contravencional de Tenencia de Arma de Uso Civil sin la debida autorización (art. 42 bis de la Ley 20.429, incorporado por el art. 1° de la Ley 25.086) imputada, de conformidad con lo normado por los arts. 32, 33 y 34 del Código de faltas de la provincia de Buenos Aires (Decreto Ley 8.031/73) y el art. 67 del C.P. (conf. Ley 25.990) III) ... IV) Dejar sin efecto la captura de Gabriel Alejandro Yeri y/o Jeri, la cual fuera dispuesta en el resolutorio de fs. 131 A tal fin ofíciese a la Jefatura de Policía Provincial y al Registro Nacional de Reincidencia. V) Notificar a Gabriel Alejandro Yeri y/o Jeri de lo aquí resuelto mediante edictos que se publicarán en el Boletín oficial de esta Provincia por el término de cinco (5) días, conforme lo normado por el art. 129 del C.P.P. Ley 11.922. Notifíquese. Fdo.: Dr. Javier Alfredo Romañuk. Juez”. Secretaría, 26 de mayo de 2005. Karen E. Picchi. Aux. Let.C.C. 4.988 - jun. 9 v. jun. 15.POR 5 DIAS - María Laura Pardini, Juez del Juzgado Correccional N° 3 Departamento Judicial de Mercedes (B), en causa n° 217/04-1167, caratulada “Morales, Carlos Eduardo s/agresión con arma en la localidad de Mercedes”, notifica por este medio a la víctima de autos Hugo Osmar Basualdo la siguiente resolución: “Mercedes, 2 de mayo de 2005: Autos y vistos: Atento al fallecimiento de Carlos Eduardo Morales, circunstancia que emana del certificado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR