Varios Publicados en la Fecha 10 de Octubre de 2003

POR 5 DIAS: Por disposición de la Sra. Juez Titular del Juzgado de Garantías Nº 5 Departamental, dra. Marisa Salvo, en causa Nº 5785, seguida a RUIZ CARLOS IGNACIO LORENZO, la cual tramita por la Secretaría Unica a mi cargo, a fin de solicitarle se haga circular por el término de cinco días, de conformidad con lo que establece el art. 129 del Código Procesal Penal, el edicto que a continuación se transcribe: Banfield, 5 de septiembre de 2003 Autos y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: Sobreseer a Ruiz Carlos Ignacio Lorenzo, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en orden al hecho constitutivo de robo agravado por el empleo de armas, de conformidad con lo establecido en los arts. 322 y 323 inc. 4º del Código de Procedimiento Penal. Sin costas, art. 530 del mismo cuerpo legal... Firm. Marisa Salvo, Juez de Garantías, Ante mí: Mariela Ceresetto, secretaría.CC. 7853- oct. 6 v. oct. 10POR 5 DIAS: Por disposición de la Dra. Marisa Salvo, titular de este Juzgado de Garantías nº 5 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, en relación a la causa nº 6886 I.P.P. 354.695 U.F.I. nº 14), con el fin de solicitarle, tenga bien disponer lo necesario para hacer circular por el término de cinco días, de conformidad con lo previsto en el artículo 129 del Código Procesal Penal, el edicto que continuación se transcribe:”Banfield, 14 de julio de 2003. Autos y Vistos:...Considerando: ... Resuelvo: I. Sobreseer a DAVID ULISES NUÑEZ, cuyas demás circunstancias personales son de figuración en autos, en orden al hecho que el señor Agente Fiscal calificara como robo doblemente calificado por efracción y por haberse cometido en lugar poblado y en banda, en los términos de los artículos 45 y 167, incisos 2 y 3 del Código Penal, cometido en perjuicio de Juan Carlos Portillo en la localidad y partido de Avellaneda el 1º de septiembre de 2002, sin costas (art. 530 del CPP)... firmado: María Salvo, juez, Ante mí: Mariela Ceresetto, secretaria.CC. 7852- oct. 6 v. oct. 10POR 5 DIAS: En la IPP Nº 311920 caratulada: García Víctor Hugo s/ Robo simple, que tramita ante la Unidad Funcional de Instrucción Nº 12 del Departamento Judicial de San Martín, interviniendo el Juzgado de Garantías Nº 3 del mismo Dto. Judicial a cargo del Dr. Oscar Roberto Quintana, se cita y emplaza a VICTOR HUGO GARCIA a fin de que comparezca en el término de 72 hs. a prestar declaración a tenor del art. 308 del CPP en orden al citado delito, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de ser declarado rebelde y solicitarle su captura. Se expide el presente en la ciudad de San Martín a los 23 días del mes de septiembre de 2003.CC. 7850- oct. 6 v. oct. 10POR 5 DIAS: Por disposición de la Sra. Juez Titular del Juzgado de Garantías Nº 5 Departamental, Dra. Marisa Salvo, en causa Nº 8440, seguida a PEDRO GUILLERMO SAN MARTIN s/ hurto calificado, la cual tramita por la Secretaría Unica a mi cargo, a fin de solicitarle se haga circular por el término de cinco días, de conformidad con lo que establece el art. 129 del Código Procesal Penal, el edicto que a continuación se transcribe: Banfield, 12 de agosto de 2003.- Autos Y Vistos .... Y Considerando....Resuelvo: sobreseer totalmente y sin costas a Guillermo Pedro San Martín, cuyas demás circunstancias obran en autos, por el hecho achacado en los términos del art. 323 inc. 3. del ritual. Sin costas (art. 530 del C.P.P.) ... Fdo. Marisa Salva, Juez de Garantías. Ante mí: Mariela Ceresetto, secretaria.CC. 7851- oct. 6 v. oct. 10POR 5 DIAS: Tribunal en lo Criminal nº 4 del, Depto Judicial San Martín, Pcia. de Bs.As. a cargo de los doctores Carlos R. Poledo, Juan Agustín de Estrada y Mónica de Benedetto, secretaría a cargo de la Dra. Patricia Kenny, en causa nº 687 seguida a RICARDO MIGUEL BUSTAMANTE por el delito de homicidio culposo. Destinatario: Ricardo Miguel Bustamante, argentino, de estado civil, casado, nacido el 5/8/54 en Buenos Aires, titular del DNI: 11.338.291, hijo de Ricardo Pastor y Gladys Errazo, con último domicilio conocido en Calle Acasusso nº 6811 de la Ciudad de Buenos Aires, se lo cita y emplaza a fin que comparezca a estar a derecho en la causa de referencia, transcribiéndose a tal fin el decreto que así la ordena: “San Martín, Septiembre de 2003.. cítese a Ricardo Miguel Bustamante mediante edicto, baja apercibimiento de ser declarado rebelde, y disponer su comparendo compulsivo a primera audiencia. Conforme la normado por los arts. 129, 303 y 304 del CPP.- Fda. Carlos R. Poledo Presidente, Ante mí: Patricia I Kenny Secretaria Secretaría, 24 de Septiembre de 2003.- Patricia Kenny, secretaria.CC. 7849- oct. 6 v. oct. 10POR 5 DIAS - El Juzgado en lo Criminal y Correccional de Transición Nº 2 del Departamento Judicial Zárate Campana a cargo del Sr. Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a MIGUEL JUAN CARLOS (DNI 23.315.601) que en la causa nro. 4-15840 caratulada “Miguel, Juan Carlos S/ Infracción a la Ley 24.270- se ha resuelto lo siguiente: “Campana, 15 de mayo de 2003. Vistas: Y Considerando:..Resuelvo: Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa nro. 4-15840, respecto de Miguel, Juan Carlos y en orden al delito de infracción a la ley 24.270 imputado, de conformidad con lo normado por los arts. 59 inc. 3, 62 inc. 2 y 67 párrafo cuarto del Código Penal; dándose así por finalizado definitivamente este proceso a su respecto. Notifíquese— Fdo: Javier Alfredo Romañuk, Juez- Como recaudo legal, se transcribe el decreto que así lo ordena: “Campana, 17 de septiembre de 2003. Atento a lo que resulta de las constancias de fs. 34 vta., desconociéndose el actual domicilio de Juan Carlos Miguel, y a fin de dar cumplimiento con lo normado por el art. 448 inc. 1 del CPP. ley 3589, notifíqueselo de lo resuelto a fs. ... mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco (5) días, conforme lo normado por el art. 129 del CPP. ley 11.922, de aplicación en los términos del art. 5º de la ley 12.059.- Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez. Marisa Lapurso, secretaria.CC.7848— oct. 6 v. oct. 10POR 5 DIAS: El Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial Pergamino, a cargo del Dr. Emil Jalil por licencia del titular, Secretaría Unica a mi cargo cita y emplaza a EMANUEL DEMETRIO DNI 18789281, argentino, nacido el 14 de febrero de 1981, hijo de Emilio y de Rosa Ludisotti, último domicilio conocido calle Garay Nº 1400 de la localidad de Pergamino, para que comparezca a prestar declaración como imputado prima facie del delito de Encubrimiento a la sede de la Fiscalía Nº 1 sita en calle Merced Nº 865 dentro del plazo de cinco días de notificado bajo apercibimiento de declarárselo rebelde )arts. 129 y 303 del CPP) César Solazzi, secretario.CC. 7832-oct. 6 v. oct. 10POR 5 DIAS. - El Señor Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora. Dr. Radolfo M. Lanza. Por medio de la presente, cita y emplaza, por el término de cinco dias, a PUGLIESE MAXIMILIANO estar a derecho (artículo 129 del Códiqo de Procedimiento Penal. El presente se libra en causa Nº 1351/1 del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, seguida a Pugliese, Maximiliano en orden al delito de robo. Como recaudo legal se tanscribe el auto que así lo ordena: Banfiald, 22 de septipmbre de 2003. En atención a lo que surge de los informes de fojas 107/vta. y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publícuese en el Boletín Oficial por el término de cinco días Fdo: Radolfo M. Lanza. Presidente del Tribunal, ante mí: Pablo R. Díaz Lacava. Secretario. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo del Código de Procedimiento Penal). - Secretaría, 22 de setiembre de 2003. - Pablo R Díaz Lacava, Secretario.C.C. 7.860 - oct. 6 v. oct. 10POR 5 DIAS. - El señor titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora Dr. Tomás A. Bravo, notifica a MIGUEL ANGEL GOMEZ, en causa nro. 4335 las resoluciones que a continuación se transcriben: Lomas de Zamera, 19 de agosto de 2003. Aautos: y Vistos: Considerando: Resuelvo: I. Disponer el sobreseimiento parcial de Miguel Angel Gómez, en esta Investigación Penal Preparatoria, en orden al delito de sustitución de chapa patente, en los términos del artículo 289 inc. 3ero. del Código Penal. Artículo 336 y 323 del Código de Procedimdante Penal. II.- Elevar a juicio la presente causa respecto de Miguel Angel Gómez, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en orden al delito de encubrimiento agravado, en los términos del artículo 27 apartado 2, inc. a) y b) del Código Penal, debiéndose dar intervención al Tribunal Oral en lo Criminal que por sorteo se determinó. Artículo 337 del Código de Procedimiento Penal, Regístrese y notifíquese, consentida que sea la presente, remítase a la Secretaría de Gestión a sus efectos, sirviendo el presente de muy atenta nota de envío. Artículo 3º Ac. 2840 SCJBA.- Firmado: Tomás A. Bravo. Juez de Garantías. Ante mí: Diego Maceratesi. Secretario. Banfield, 2 de septiembre de 2003 ...... Atento a lo manifestado por la Sra. Defensora Oficial, Dra. Marcela Piñero, líbrese oficio a fin de notificar a Miguel Angel Gómez, de la renuncia efectuada a fojas 115 por su letrado Patrocinante, haciéndole saber que deberá designar otro Defensor, en el término de tres días y en caso de no hacerlo será asistido por la Defensa Oficial que por turno le corresponda. Firmado: Tomás A. Bravo. juez de Garantías. Ante mí: Diego Maceratesi. Secretario. A los fines que correspondan, se transcribe el auto que ordena la presente medida: Lomas de Zamora, 19 da Septiembre de 2003. Atento a lo informado a fs. 130, notifíquese a Miguel Angel Gómez, mediante la publicación de edictos la resolusión de fs...

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