Varios Ente de Fondos Res. de los Bancos

Juez Primer Juzgado Civil, Provincial y Minas, Secretaría Única, de Mendoza, en autos N° 155.623 caratulados "ENTE DE FONDOS RES. DE LOS BANCOS DE MZA. Y PREV. SOC. S. A. C/ ELCIRA DEL CARMEN VERA P/ COBRO DE PESOS" notifica a los sucesores de Edmundo Carlos Soria, de ignorado domicilio, la sentencia de fs. 150-151 que copiada en su fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 25 de Noviembre de 2.009 Autos y Vistos… y Considerando… Resuelvo: I.- Hacer lugar a la demanda entablada por ENTE DE FONDOS RESIDUALES DE BANCO DE MENDOZA S.A. Y PREVISIÓN SOCIAL S.A. en contra de ELCIRA DEL CARMEN VERA y SUCESORES DE EDMUNDO CARLOS SORIA, y en consecuencia condenarlos para que en el plazo de diez días de firme y ejecutoriada la presente sentencia pague a la parte actora la suma de $ 1.921,69 con más los intereses que correspondan a partir de la fecha de la mora (19-01-93) II.- Imponer las costas a la parte demandada que resultó vencida (art. 36 CPC) III.- Regular los honorarios profesionales correspondientes a los Dres. Claudia Rosell, Oscar Dávila, Daniel Cuervo, Mariela Martínez y Francisco Javier Pía en $ 65 a cada uno de ellos (Arts. 2 y 31 de la Ley 3.641).- Notifíquese Fdo: Dr. Fernando Games - Juez "-16/3/2010 (1 Pub.) s/cargo_______________________________________(*)Juez Décimo Noveno Juzgado Civil, Provincial y Minas, Secretaría Única, de Mendoza, en autos Nº 188.354 caratulados "PROVINCIA DE MENDOZA - (DAABO) C/MORIONES MIGUEL ÁNGEL P/COBRO DE PESOS" notifica al demandado Miguel Ángel Moriones, LE Nº 7.617.755, de ignorado domicilio, la sentencia de fs. 81 que copiada en su fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 20 de noviembre de 2009- Autos yVistos, Resulta y Considerando… Resuelvo: I-Hacer lugar a la pretensión reclamada por la actora Provincia de Mendoza (D.A.A.B.O.) y en consecuencia condenar al demandado Miguel Angel Moriones L.E. 7.617.755 a abonar en el plazo de diez días de quedar firme la presente, la suma de cuatro mil doscientos tres con 02/100 ($ 4.203,02) con más sus intereses pactados desde la fecha de mora (27 de julio de 1995) hasta su efectivo pago y costas del proceso.II-Imponer las costas al demandado vencido (art. 35, 36 del C.P.C.)III-...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR