Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 5 de Marzo de 1996, expediente A C61092

PresidenteSalas-Ghione-San Martín-Laborde-Hitters
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 1996
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 61.092 "V.S.A. deduce tercería de dominio en autos: I.J.I. contra S.S.A. Despido".//Plata, 5 de marzo de 1996.

AUTOS Y VISTO:

El valor económico del litigio es de monto determinado y está representado por la tasación de los bienes muebles que son objeto de la tercería (ver fs. 119 y 123, conf. Ac. 49.246, sent. del 5-XI-91; Ac. 56.296, sent. del 21-VI-94).

Por ello, intímase al recurrente para que en el término de cinco días acompañe comprobante que acredite haber depositado a la orden del...

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