Varias Mun. Godoy Cruz 1/6/05

Fecha de la disposición 1 de Junio de 2005

La Municipalidad de Godoy Cruz a través del Expediente N° 10250/E/2004, caratulado: "ZANNI EDITH/INSPECCION DE SEGURIDAD", notifica al señor Leopoldo Zanni, de ignorado domicilio, propietario del inmueble ubicado en calle El Plumerillo N° 1616, de este Departamento - Padrón Municipal N° 15565, el contenido de la Resolución N° 1055 de fecha 27/04/05, la cual se ajusta al siguiente detalle: Artículo 1°: Disponer el allanamiento, desalojo, clausura del área aledaña y la demolición de los departamentos de adobes Nros. 3 y 5, como así también el resto de la construcción del departamento N° 4 -de acuerdo a croquis de fs. 02-, quedando el resto de la construcción -sectores 1 y 2- condicionados al estado en que presenten después de concluida la demolición, de la propiedad ubicada en calle El Plumerillo N° 1616 de este Departamento, Padrón Municipal N° 15565, propiedad del señor Leopoldo Zanni, por encontrarse en inminente peligro de derrumbe y por encuadrarse su situación en lo previsto por la Ordenanza 20/71, Cap. VII Incs. a) y b) de la Ordenanza 20/71, y de acuerdo a las atribuciones conferidas por la Ley 1079. Artículo 2°: Por Dirección de Obras Privadas dispóngase el desalojo y clausura de las áreas aledañas a los sectores de las viviendas de adobes Nros. 3, 4 y 5, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 1°. Artículo 3°: Facultar a la Dirección de Obras Privadas, para que al momento de efectivizar el allanamiento, desalojo y clausura de los sectores afectados, requiera el auxilio de la fuerza pública si fuera necesario, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 90° y 105° Incs. 27° y 28° de la Ley 1079. Artículo 4°: Emplazar a las propietarias y/o sucesores y/o poseedor título supletorio y/u ocupante para que en el término de diez (10) días a partir de la fecha en que se efectivice el desalojo y clausura, por razones de seguridad, se inicie y concluya la demolición de lo indicado en el Artículo 1°. Artículo 5°: Al incumplimiento del Artículo 4° por la Dirección de Obras Municipales procédase a demoler conforme a lo dispuesto en el Artículo 1°. Los gastos que demanden dicha tarea serán cargados al Padrón Municipal N° 15565. Artículos 6°, 7° y 8°: De forma. Firmado: Agr. César Rodolfo Biffi, Intendente Municipal y Lic. Tadeo García Zalazar Secretario de Ambiente, Obras y Servicios Públicos - Municipalidad de Godoy Cruz. Bto. 80511/2/3/6/2005 (3 Pub.) $ 93,75______________________________________La Municipalidad de Godoy Cruz a través...

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