Varias Mun. Gllen. 18/4/05

Fecha de la disposición19 de Abril de 2005

Municipalidad de Guaymallén Ref. Expte. Nº 444.503-S-03. Decreto Nº 1.716-04. Por ello y en uso de sus facultades; El Intendente Municipal Decreta: Artículo 1º: Recházase, el Recurso de Reconsideración interpuesto contra el Decreto Nº 636-03 obrante a fs. 11 y 12 del Expte. Nº 444.503-S-03, por el Sr. DANIEL LAMAS ESCALANTE, conforme al Visto y Considerando del presente Decreto. Artículo 2º: Ratifícase, el Decreto Nº 636-03 con fecha 6 de mayo de 2003, conforme a los antecedentes obrantes en el Expte. Nº 444.503-S-03. Artículo 3º: Notifíquese, a la Sra. MUSTAFA SULAIMAN y/o a quien resulte ser titular de la propiedad empadronada bajo el Nº 31.054, con domicilio legal en calle Huarpes Nº 482 de Ciudad - Mendoza, y al Sr. Daniel Lamas Escalante, en el domicilio de calle Tacuarí Nº 1.798 de Rodeo de la Cruz, Guaymallén, de lo dispuesto en el presente Decreto. Asimismo se notifica al Sr. Lamas que la continuidad en la ocupación del inmueble de referencia, queda bajo su exclusiva responsabilidad, quedando liberado este Municipio de cualquier evento dañoso que pudiera ocurrir.Bto. 3848____________________________________Municipalidad de GuaymallénRef. Expte. Nº 388.222-IO-99. Notifíquese: a MONSERRAT CARNES S.R.L. y/o a quien resulte ser el titular de la propiedad empadronada bajo el Nº 26.518, que se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 6.713-04, según la misma, Ud. cuenta con un término de ciento veinte (120) días, para la ejecución de cierre y vereda reglamentarios del terreno baldío ubicado en Gallardo s/n del Distrito El Bermejo de este Departamento. Ante el caso de incumplimiento, se le concede un término de diez (10) días, para la presentación de pruebas y/o defensas, conforme al beneficio otorgado por el Art. 160º de la Ley Nº 3.909. Se le da aviso además, que previo a la ejecución de los trabajos deberá asesorarse en esta Comuna, sobre los materiales a utilizar. Podrá proponer alternativas de cierres y/o veredas, que a juicio de las autoridades Municipales sean viables. Deberá cumplir también con los requisitos de higiene y transitabilidad. Las multas, por no cumplir serán severas y podrán duplicarse.Bto. 3849____________________________________Municipalidad de GuaymallénRef. Expte. Nº 426.065-IO-01. Notifíquese: al Sr. P. LOPEZ e HIJOS y/o a quien resulte ser titular del bien empadronado bajo el Nº 68.549, que se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 6.713-04, y según la misma Usted cuenta con un término de ciento veinte (120) días, para la ejecución de cierre y vereda reglamentaria del terreno, ubicado en calle Amado Nervo Nº 797 - Mzna. F - Lote Nº 4 del Distrito Dorrego de este Departamento. Ante el caso de incumplimiento se le concede un plazo de diez (10) días, para la presentación de pruebas y/o defensas...

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