Varias Gllen 10/4/13

Municipalidad de Guaymallén, Mendoza. Nota Nº 055-13, Código Nº 60.204. Guaymallén, 30 enero 2013. Ref/. Expte. Nº 264.876-C-1.992. La Municipalidad de Guaymallén, cita ha derechohabientes de ALBERTO CARABAJAL, a efectos de tomar conocimiento del trámite el Expediente de la referencia, a efectos de tomar conocimiento de remisión de restos a osario común, los que se encuentran en Sepultura 292 Bis - Cuadro 8. Of. Defunciones - Planta Baja - Fdo. Dra. Chacón - Asesora de la Dirección de Asuntos Legales - Municipalidad de Guaymallén - Mendoza.Bto. 11097410/11/12/4/2013 (3 Pub.) $ 22,50__________________________________Municipalidad de Guaymallén, Mendoza. Nota Nº 089-12. Código Nº 60.204. Guaymallén, 06 mar 2012.Ref/. Expte. Nº 15.589-IO-2.011-60204. La Municipalidad de Guaymallén, comunica a RINALDI FRANCISCO ALBERTO y/o quien resulte ser titular del predio empadronado bajo P.M. Nº 100.693, que se encuentra en vigencia la Ordenanza Nº 6.713/04, según la misma Ud., cuenta con un Plazo de treinta (30) días a partir de su notificación, para ejecutar el cierre reglamentario del predio baldío ubicado en calle Acceso Este Lateral Norte Nº 2.684 del Distrito Nueva Ciudad de este Departamento de Guaymallén - Mendoza, como así también deberá ejecutar la limpieza y desinfección en cinco (05) días. Ante el caso de incumplimiento se le concede un plazo de diez (10) días, para la presentación de pruebas y defensas, conforme al beneficio otorgado por Ley Nº 3.909 de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Mendoza - Cap. IX de los Plazos - Art. 160º. Se le da aviso además que previo a la ejecución de los trabajos deberá asesorarse en esta comuna sobre los materiales a utilizar. Podrá proponer alternativas de cierre y/o veredas que a juicio de las autoridades municipales sean viables. Las multas por no cumplir serán severas y podrán duplicarse. Firmado: Ing. Guillermo Gatti - Director de Obras Privadas - Municipalidad de Guaymallén - Mendoza.Bto. 11097310/11/12/4/2013 (3 Pub.) $ 58,50__________________________________Municipalidad de Guaymallén. Mendoza. Nota Nº 036-12. Código Nº 60.204. Guaymallén, 25 ene 2012 Ref/.Expte. Nº 13.665-V-2.011-60204. Decreto Nº 050-12 por ello, y en uso de sus facultades; el Intendente Municipal de Guaymallén decreta artículo 1º: Encuádrase, como edificio en riesgo I Antirreglamentario, No Viable, la construcción de adobe con peligro de derrumbe, que pisa en calle San Juan de Dios Nº 1.071 del Distrito Coronel Dorrego de este Departamento de Guaymallén - Mendoza, propiedad del Sr. PALET HUGO OMAR y/o quien resulte ser el titular de la propiedad empadronada bajo el P.M. Nº 3.324, conforme lo determinado por la Ordenanza Nº 3.780/94 - Cap. VIII-B-3, Inciso a) del Código de Edificación y Ordenamiento Territorial Vigente, y demás antecedentes obrantes en Expte. Nº 13.665-V-2.011-60204. Artículo 2º: Otórgase, al Sr. Palet Hugo Omar y/o quien resulte ser el titular de la propiedad empadronada bajo el P.M. Nº 3.324, un Término de veinte (20) días a partir de su notificación, para que proceda a la demolición, de la construcción de adobe con peligro de derrumbe, tratada en autos. Ante el incumplimiento se procederá conforme a lo determinado por la Ordenanza Nº 5.737/01 -Art. 2º, que dice: "…Sólo en aquellos casos donde el estado del edificio afecte la seguridad pública, y ante el caso de incumplimiento por parte del titular de lo ordenado, la demolición será realizada por Personal de la Comuna, con cargo a la propiedad P.M. Nº 3.324. Artículo 3º: Notifíquese, al Sr. Palet Hugo Omar y/o quien resulte ser el titular de la propiedad empadronada bajo el P.M. Nº 3.324, en los términos dispuestospor la Ley Nº 3.909 de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Mendoza - Cap. VIII de las Notificaciones - Art...

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