Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 12 de Noviembre de 2018, expediente CIV 060488/2015

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H 60488/2015.V., S.E. c/ ARGENTREN SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, 12 de noviembre de 2018.- RM fs. 336 AUTOS Y VISTOS:

Vienen estos autos a los fines de resolver el recurso de apelación interpuesto contra el decisorio de fojas 142/143, que rechazó la excepción de incompetencia opuesta por SOFSE.

A fojas 152/161 obran los agravios SOFSE y a fojas 175/76 obra el dictamen del Sr. Fiscal de Cámara en el que solicita que se mantenga el decisorio apelado.

Atento que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, recientemente, resolvió con fecha 29 de marzo en los autos “A., V. c/ Trenes de Buenos Aires s/ Daños y Perjuicios” (Expte. N..

66.712/2012) y 12 de abril del año 2016, en los autos caratulados “Escaris, S.R. c/ EN- DN V- COCOVI y otros s/ Daños y Perjuicios” (Expte. N.. 499922/2007) “que las causas iniciadas en la Capital Federal que versen sobre acciones civiles o comerciales, concernientes a la responsabilidad contractual o extracontractual, aunque la Nación, sus empresas o entidades autárquicas sean partes, siempre que se deriven de accidentes de tránsito, aun ferroviarios, corresponden a la competencia de la justicia nacional en lo civil”, razón por la cual lo decidido por el magistrado de grado resulta ajustado a derecho.

En consecuencia, corresponde confirmar la resolución recurrida.

AMPLIACION DE FUNDAMENTOS DE LOS DRES. KIPER Y FAJRE:

Si bien...

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