Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA B, 4 de Diciembre de 2014, expediente CIV 004955/2013/CA001

Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2014
EmisorSALA B

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA B 4955/2013 V.J.C. c/ RAMIREZ ALBERTO JOSE Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de diciembre de 2014.- PG Por recibidos.-

AUTOS Y VISTOS:

A f. 158 la citada en garantía acusa la caducidad de la instancia en relación al recurso de apelación interpuesto por la actora a f. 140, contra la resolución de fs. 135/136vta. El traslado conferido a f. 161 fue contestado a fs. 163.

De conformidad con lo dispuesto por el art. 310 inciso segundo del Código Procesal, el plazo de caducidad de la segunda instancia se produce cuando no se instare su curso dentro de los tres meses. Y ese plazo se cuenta desde la fecha de la última actividad que tenga por efecto impulsar el procedimiento.

Corresponde a las partes activar el procedimiento, y tratándose de la segunda instancia esa carga pesa sobre el apelante, quien no puede desentenderse absolutamente de la marcha de su recurso, pues tal actitud revela una despreocupación incompatible con el deber de impulso que le incumbe -como imperativo de su propio interés- de disipar las trabas que pueden oponerse al avance del proceso (Conf. CN. C. y Com. Fed. Sala II, del 24.3.98, “Edesur SA c/Unilán S.A. s/proceso de ejec.”, también C.N Sala B R.311.158 del 22.11.00; R.315.922 del 23.2.01 entre otros).

Analizadas las constancias de autos a la luz de lo expuesto, habrá de accederse al planteo de f. 158, en tanto se aprecia que desde el dictado de la providencia de f. 150 (del 26/05/14) hasta el acuse de caducidad de fecha 21 de octubre de 2014, transcurrió el Fecha de firma: 04/12/2014 Firmado por: DR. M.L.M. , JUEZ DE CÁMARA Firmado por: DR. CLAUDIO RAMOS FEIJOÓ, JUEZ DE CÁMARA Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA plazo de caducidad...

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