Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 23 de Agosto de 2018, expediente CIV 027595/2016/CA001

Fecha de Resolución23 de Agosto de 2018
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F 27595/2016 VARELA, AMELIA ESTER s/SUCESION AB-INTESTATO Buenos Aires, de agosto de 2018.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Estos autos para resolver el recurso de apelación interpuesto por los coherederos G.M.A.V., A.P.A., M.G.A. y L.J.A. contra la resolución de fs. 341/343 mediante la cual el Sr.

juez de grado nombró un abogado de la matrícula como administrador del sucesorio. El memorial luce a fs. 347/349 sustanciado a fs.

358/359.

El artículo 2346 del C.C. y C. prevé la designación de un administrador del sucesorio en base a las pautas allí establecidas.

Debe señalarse que la designación de una persona extraña a la sucesión, de un tercero, de oficio o a pedido de una de las partes, es medida grave y excepcional que los jueces deben tomar con la mayor prudencia , y solo cuando la designación del cónyuge o de un sucesor universal , aunque sea propuesto por la mayoría, aparecen como manifiestamente inconvenientes para los intereses de la comunidad.

Se consideró motivo suficiente a serias discrepancias entre las partes interesadas, que se traducen en enfrentamientos de relieve que pueden generar sospecha de la falta de ecuanimidad e imparcialidad en la gestión del acervo hereditario del propuesto por la mayoría, o disidencias perturbadoras, que generan conflictos permanentes, obstaculizando seriamente el normal desenvolvimiento del proceso (conf. F.G.S., en Código Civil y Comercial Comentado, J.H.A., Director General. T X XI, págs.

331/332).

Fecha de firma: 23/08/2018 Alta en sistema: 31/08/2018 Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA #28363288#213941817#20180821125616548 En...

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