Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 3 de Junio de 2013, expediente 8462/2011

Fecha de Resolución 3 de Junio de 2013
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

PODER JUDICIAL DE LA NACION

Expte. N°:8462/2011

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N°: 124871

SALA III

EXPEDIENTE N°: 8462/11

AUTOS:"VANATI MARIA DEL CARMEN C/SMG LIFE CIA DE SEGUROS DE RETIRO S.A. S/

AMPAROS Y SUMARISIMOS "

BUENOS AIRES, 3 de junio de 2013

EL DR.NESTOR A.FASCIOLO DIJO:

  1. . Por sentencia del 6.9.11 de fs. 46 del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social nro.9 , su titular rechazó la acción de amparo por entender que existen otras vías procesales a disposición de la parte actora para reclamar su derecho.

    Contra lo decidido se dirige el recurso de apelación de la parte actora que fue concedido a fs.

    52.

  2. Verificado –como ha sido en causas análogas- que la accionada puede ejercer en toda su extensión el derecho de defensa en juicio que le asiste, considero innecesaria una mayor amplitud de debate y prueba para resolver la cuestión planteada tal como lo han sostenido la Fiscalía General 1 por dictamen nro. 23473 del 25.10.07 en autos 7932/07 “R.O.V. c/ANSeS

    s/amparos y sumarísimos” y la Fiscalía General 2 en el dictamen nro.23692 del 13.8.08 al que esta Sala adhirió por sentencia nro.120286 del 19.5.08 in re “Bareiro Barsilicia c/ AnSes y otros s/

    Amparos y Sumarísimos”, expte. Nro.40246/07 en el que consideran la procedencia de la acción de amparo para el reclamo de su derecho por parte de la actora, por lo que concluyo que corresponde hacer lugar a la apelación incoada, dejar sin efecto la sentencia recurrida y devolver las actuaciones al juzgado de origen a sus efectos.

    Por lo expuesto y habiendo dictaminado el Ministerio Público, propongo: 1) hacer lugar al recurso deducido; 2) revocar lo decidido por el Sr. juez a quo y oportunamente remitir las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR