Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 28 de Diciembre de 2017, expediente CAF 023274/2015/CA001

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 23274/2015 VALLEJO, M.L. Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de diciembre de dos mil diecisiete, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “V.M.L. Y OTROS c/ EN -M° SEGURIDAD- PFA s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. G.F.T., dijo:

  1. Que mediante la sentencia de fojas 61/63, el jueza de la instancia anterior hizo lugar a la demanda entablada en autos.

    En consecuencia, reconoció el carácter remunerativo y bonificable de las asignaciones creadas por el Decreto Nº 2744/93 y sus modificatorios y 1322/06; y ordenó abonar las retroactividades devengadas. Impuso las costas a la parte demandada.

  2. Que la demandada apeló a fojas 67 y expresó agravios a fojas 71/73, que fueron replicados a fojas 75/76.

    En su memorial, se agravió en cuanto se la condenó a incluir los suplementos establecidos por el Decreto Nº 2744/93 y sus modificatorios y 1322/06 en el rubro “haber mensual” de los accionantes, con carácter remunerativo y bonificable.

    En consecuencia, solicitó que se revocara la sentencia apelada en lo que había sido materia de agravios, con costas a la parte actora.

  3. Que en relación con los suplementos particulares creados por el Decreto Nº 2744/93, mediante los fallos plenarios Fecha de firma: 28/12/2017 Alta en sistema: 29/12/2017 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #26946696#196896195#20171227105440501 dictados en las causas "Carrozzino Salvador c/ EN – Mº J S y DDHH Dto.

    2744/93 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y Seg.” y “L.E.J.

    c/ EN – Mº J S y DDHH- Dto 2744/93 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y Seg.”, de fecha 19 de marzo de 2009, esta Cámara fijó como doctrina legal:

    "Corresponde atribuir carácter remunerativo y bonificable a los suplementos establecidos por el 2744/93". Asimismo, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “O., J.H. y otros c/ EN – Mº Justicia Seguridad y DDHH – PFA- dto 2133/91 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, sentencia...

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