Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 15 de Junio de 2017, expediente COM 021035/2016/CA001

Fecha de Resolución15 de Junio de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación DEL VALLE, M.S. c/ GARIPPO, SABADO Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Expediente N° 21035/2016/CA1 Juzgado N° 22 Secretaría N° 44 Buenos Aires, 14 de junio de 2017.

Y VISTOS:

I.V. apelada por la parte actora la resolución de fs. 21 en cuanto, ponderando el pedido efectuado por la tercerista Big Word SRL y el demandado G., rechazó el presente beneficio de litigar sin gastos.

El memorial obra a fs. 24/26 y fue contestado a fs. 30/33 y fs.35/36.

  1. De modo preliminar corresponde señalar que, con independencia de la denuncia de falta de legitimación pasiva que se levanta contra Big Word SRL, lo cierto es que el presente beneficio de litigar sin gastos USO OFICIAL fue dirigido contra el demandado Sábado Garippo en el proceso principal -juicio ejecutivo- y contra “todo aquel que pueda resultar patrimonialmente responsable”.

    Dado que el Sr. G. adhirió al planteo efectuado por Big Word SRL cupo ingresar en el tratamiento de la reposición interpuesta contra la promoción del presente beneficio de litigar sin gastos.

  2. Por los fundamentos vertidos por la Sra. Fiscal General ante la Cámara, mediante el dictamen de fs. 44, al que la Sala remite por una razón de economía expositiva, corresponde resolver sobre el recurso en el sentido allí

    aconsejado.

    Así se juzga, dado que los frustrados pedidos para obtener el beneficio de litigar sin gastos (exptes N°122346/01 y N°23434/13), si bien denotan cierta displicencia en la defensa de la accionante, demuestran también que la actora tiene la necesidad de acudir a este mecanismo a efectos de Fecha de firma: 15/06/2017 Alta en sistema: 21/06/2017 DEL VALLE, M.S. c/ GARIPPO, SABADO Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Expediente N°

    Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN (JUECES) - TRUEBA (PROSECRETARIO DE CÁMARA), 21035/2016 Firmado(ante mi) por: M.R.T. , PROSECRETARIO DE CÁMARA #28958160#179338411#20170613112915120 demostrar su insuficiencia patrimonial para afrontar los gastos derivados del juicio.

    En tales condiciones, por hallarse en juego el derecho de defensa...

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