Sentencia de Sala II, 22 de Junio de 2011, expediente 30.312

Fecha de Resolución22 de Junio de 2011
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación Sala II: C.30.312: “VALDIVIA MARISCAL, F. s/falsificación documento público -procesamiento-

Juzgado Federal N° 2 - Secretaria N° 3

Expte.11953/2007/03

Reg. n° 33.051

Buenos Aires, 22 de junio de 2011.-

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I- Las actuaciones llegan a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por F.V.M. a fs. 7 del legajo, en contra de la resolución que en fotocopias glosa a fojas 1/6 por la que se dispuso su procesamiento, sin prisión preventiva, por haberlo encontrado prima facie responsable del delito de uso y falsificación del DNI 94.102.959..

A fs. 9/vta. la señora Defensora Oficial, Dra.Silvia O.R.,

motiva el remedio articulado in pauperis por su asistido.

II- Principia la investigación con la denuncia efectuada por W.E.D.N.V., titular del DNI 94.102.959 –vide certificado fs. 6;

fs. 8/11 e informe fs.23/4-, quien en oportunidad de apersonarse en las oficinas del ANSES para obtener su CUIL fue informado que con su número de documento ya figuraba otra persona –F.V.M., fs. 7-. Personalmente pudo verificar que el nombrado registraba aportes desde diciembre del 2005 hasta el mes de noviembre del 2006, por trabajos realizados bajo relación de dependencia con las empresas “Romenol SRL” e “Ingeplam S.A.”–conf. fs.3/5- .

A fs. 30/1 A.Y.S., en representación de la UDAI

Flores, relató acerca del trámite que debe seguirse para obtener un cuil. Expuso que la persona interesada debe presentarse en cualquiera de las sedes del ANSES con su documento nacional de identidad y una copia que queda en poder de la entidad. Una vez verificada la autenticidad del cartular, corroborando que efectivamente pertenece al solicitante, se ingresa en el sistema informático, generándose en forma automática el número en cuestión.

A fojas 38/9 se agregó la documentación obrante en la UDAI

Montserrat, donde fuera presentada por F.V.M. –DNI 94.102.959- para otorgársele el cuil n° 20-94102959-1.

Con los elementos señalados, las actuaciones fueron remitidas para quedar radicadas ante este fuero de excepción, delegándose la instrucción al titular de la Fiscalía Federal N° 8 –conf. fs. 47-.

En este ámbito jurisdiccional se incorporaron los antecedentes remitidos por la razón social “Ingeplam S.A.”, dando cuenta que F.V.M. fue empleado de la firma desde el 27 de febrero del 2006 hasta el 16 de noviembre del 2007-conf. fs. 53, 56 y 97-. Cabe señalar que el nombrado, con la finalidad de ser empleado por esa firma, también...

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