Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 6, 20 de Noviembre de 2013, expediente 53.028/13

Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2013
EmisorSala 6

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 36425

SALA VI

Expediente Nro.: 53.028/13

(J.. Nª 9)

AUTOS: “VALDEZ INOCENCIO RAMON C/CHEPOA S.A. S/ACCIDENTE –

ACCION CIVIL” (RECURSO DE HECHO)

Buenos Aires, 20 de NOVIEMBRE de 2013

VISTO:

El recurso de queja interpuesto por la parte actora;

Y CONSIDERANDO:

Que con relación a la fecha en que la parte quedó

notificada de la denegatoria del recurso de apelación (art.

283, inc. 2) c) del CPCCN), el presentante manifiesta que “hasta la fecha no me han notificado debidamente mediante la cédula correspondiente” (fs. 6 vta.);

Que se advierte de la copia de la resolución desestimatoria de la apelación de fecha 18 de septiembre de 2013 obrante a fs. 5 que no se ha ordenado su notificación por cédula, ni, por otro lado, tal forma de notificación resulta obligatoria para la resolución de que se trata (art. 48 de la L.O.);

Que de lo expuesto se desprende que la desestimación del recurso quedó notificada por ministerio de la ley con fecha 20/09/13 (art.48 ley 18.345) por lo que el plazo para interponer la queja venció al cumplirse las dos primeras horas hábiles judiciales del día 26/09/13 (art.129 ley 18.345) y, en consecuencia, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR