Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Secretaria General 1, 3 de Noviembre de 2017, expediente CIV 015097/2017

Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2017
EmisorCamara Civil - Secretaria General 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SECRETARIA GENERAL 1 15097/2017 VALDEZ, D.G. c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE DIRECCION ACCION SOCIAL DE EMPRESARIOS ASOCIACION CIVIL Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS Buenos Aires, de noviembre de 2017.CS AUTOS Y VISTOS; CONSIDERANDO:

Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal de Superintendencia en virtud de la contienda negativa de competencia planteada entre el Juzgado Civil nº 6 y el Juzgado en lo Civil y Comercial Federal nº 7, Secretaría nº 14.

El actor promueve demanda contra la Obra Social del Personal de Dirección Acción Social de Empresarios Asociación Civil y ASSIT CARD Argentina SA, por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del fallecimiento de su hijo, quien contrajo una infección intrahospitalaria que le habría producido la muerte.

De conformidad con lo dispuesto por los arts. 4 y 5 del Código Procesal y a la jurisprudencia aplicable, para la determinación de la competencia corresponde -en principio- tomar en cuenta la exposición de los hechos que el actor formula en la demanda y el derecho que invoca como fundamento de su pretensión, circunstancias que deben apreciarse con criterio objetivo, es decir, teniendo en cuenta la índole jurídica de los actos o hechos que sirven de sustento al reclamo.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido en el sentido que corresponde limitar la competencia de la Justicia Federal para casos donde se planteen cuestiones que puedan afectar la instrumentación o planificación de las prestaciones regladas por las leyes 23.660 y 23.661 y la organización del Sistema Nacional de Obras Sociales y del Seguro Nacional de Salud (conf. CSJN, Com. 9920/201S/cSl, “S. S.A.

el OSPIF, s/incumplimiento de contrato).

En este orden de ideas, el art. 38 de la ley 23.661 es de aplicación cuando el problema verse sobre aspectos Fecha de firma: 03/11/2017 Firmado por: L.E.A.D.B.B.V. #29591785#192477401#20171103061131570 relativos a la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Salud, ya que es allí donde habría un interés público que exige tratar el entuerto...

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