Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 11 de Marzo de 2019, expediente CNT 056807/2015/CA001

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V Expte. Nº CNT 56807/2015/CA1 SENTENCIA DEFINITIVA. 82508 AUTOS: “VALDEZ, CRISTIAN SEBASTIÁN C/ PREVENCIÓN ART S.A. S/

ACCIDENTE-

LEY ESPECIAL” (JUZG. Nº 70).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capital federal de la República Argentina, a los 11 días del mes de marzo de 2019 se reúnen los señores jueces de la Sala V, para dictar la sentencia en esta causa, quienes se expiden en el orden de votación que fue sorteado oportunamente el doctor E.N.A.G. dijo:

1) La sentencia definitiva de fs. 145/149 ha sido apelada por la demandada a fs.

151/164. La parte actora contestó agravios (v. fs. 166/169).

2) Se agravia la accionada por la tasa de interés fijada en el decisorio de grado.

Cuestiona, además, el porcentaje de incapacidad asignado en el decisorio de grado. Afirma que la sentenciante no valoró la impugnación formulada al peritaje médico.

3) Con respecto al porcentaje de incapacidad asignado en el decisorio de grado, cabe señalar que la perito médica designada en autos, luego del examen físico efectuado al actor y sobre la base de los estudios complementarios que detalla entre ellos una RMN de rodilla derecha, concluyó que: “ el examen físico y la evaluación de los antecedentes indican el diagnóstico de secuela funcional menor de rodilla derecha que incapacita al actor en un 3% parcial y permanentemente”.

Agregó la experta que de acuerdo a la RMN de rodilla derecha existe una lesión de cuerno posterior del menisco interno y señaló que 2al no disponer de imágenes de la rodilla de la fecha del accidente o próxima a la misma, la certeza de esta respuesta no es precisa”. Explicó que el actor presenta leve limitación de la flexión de la rodilla siniestrada y que el 3% de incapacidad parcial y permanente otorgoda es por la limitación funcional detectada y que dicha secuela es de tipo crónica (v.

peritaje médico, fs. 113/116 vta.).

La parte demandada no impugnó el dictamen sino que se le limitó a decir a fs. 118 que no consentía la pericia y que en el alego efectuaría la valoración del peritaje médico. Sin embargo en dicha pieza procesal no rebatió las fundamentaciones científicas brindadas por la perito médico sino que se limitó a realizar manifestaciones genéricas sin controvertir, reitero, las puntuales precisiones brindadas por la experta para fundamentar las conclusiones a las que arribó.

Con estas premisas considero, al igual que la magistrado de grado, que debe entenderse que el actor se encuentra incapacitado como consecuencia del infortunio sufrido, aunque lo sea en una exigua medida. En concreto, considero que el informe médico resulta convincente porque la solidez científica de sus argumentaciones y los estudios médicos en los que se funda, sin que obsten a Fecha de firma: 11/03/2019 Alta en sistema: 13/03/2019 1...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR