Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA J, 22 de Septiembre de 2014, expediente CIV 008927/2007

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2014
EmisorSALA J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J 8927/2007 VAINSTEIN MARA c/ A.H.N.E. Y OTRO s/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Buenos Aires, de septiembre de 2014.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Vienen los autos a la alzada a los fines de resolver el recurso de apelación interpuesto a fs. 159 por la parte actora, concedido a fs. 160, contra la resolución de fs. 157/158 que decretó operada la caducidad de la instancia en estas actuaciones.

P. para su fundamentación el memorial de agravios que luce glosado a fs. 162/172. Corrido el pertinente traslado, ha sido contestado a fs. 174/175 por el apoderado de Provincia Seguros S.A.-

Liminarmente cabe señalar que la caducidad o perención de la instancia constituye un modo de extinción del proceso que tiene lugar cuando en su transcurso no se cumple acto de impulso alguno durante todo el tiempo establecido por la ley.-

La inactividad, como presupuesto de la caducidad de la instancia, significa la paralización del trámite, exteriorizándose esta circunstancia por la no ejecución de alguna de las partes o por el órgano judicial de actos idóneos para impulsar el procedimiento, hacia su fin natural que es el dictado de la sentencia .-

De las constancias de la causa se desprende que desde el último acto que tuvo por objeto impulsar el curso de procedimiento v. fs. 129 (de fecha 27/11/13) hasta el acuse de caducidad v. fs. 132/133 (de fecha 22/05/14) ha transcurrido en exceso el plazo previsto por el art.

310 inc. 2° del ritual.-

Fecha de firma: 22/09/2014 Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: LILIANA E. ABREUT DE BEGNER, JUEZ DE CAMARA Ante lo argumentado por el incidentista, no resulta ocioso señalar que las peticiones para ser interruptivas de la caducidad de instancia, deben ser adecuadas al estado de la causa y de utilidad. La intención de las partes debe traducirse en hechos que evidencien estos...

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