V. E. E. s/SUCESION VACANTE

Fecha15 Junio 2018
Número de expedienteCIV 041302/2013/CA001
Número de registro208829364

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 41302/2013

V. E. E. s/SUCESION VACANTE Buenos Aires, de junio de 2018.- FMC AUTOS Y VISTOS:

En atención a la publicación de la Acordada N° 13/18 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación con fecha 3 de mayo de 2018, se procede al tratamiento de los recursos que fuera diferidos a fs. 236 para esta oportunidad.

A fs. 207 se regularon honorarios a los Dres. F.A.G., G.G.O., M.M.E. y S.B.R., letrados apoderados del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por dos etapas del proceso sucesorio.

Ante el pedido de fs. 208, se fijó una retribución autónoma a la Dra. S.B.R. como curadora de la herencia (ver fs. 209/70).

Tal como señalara el “a quo”, la labor de los letrados de la Procuración General abarcó dos etapas completas; de tal modo que, presentados en autos los sucesores, sólo debieron acreditar su vínculo y solicitar el dictado de declaratoria en su favor.

No corresponde, sin embargo, fijar una retribución adicional a la Dra. R. como curadora de la herencia vacante, cargo para el cual fue...

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