Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 23 de Mayo de 2023, expediente CIV 067836/2021/CA001

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2023
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D

67836/2021

V., M.M.c.G., M.

V. s/DESALOJO: COMODATO

Buenos Aires, de mayo de 2023.- MS

AUTOS Y VISTOS:

Son elevadas las presentes actuaciones, en virtud del recurso de apelación planteado por la actora a fojas web 122/122,

contra la resolución de fojas web 121/121, en virtud de la cual el sentenciante se declaró incompetente para entender en las presentes actuaciones y dispuso la radicación de la causa, ante el Juzgado N° 88

del Fuero, tribunal donde tramitan los autos: “G., M.

V. y otro c/ V.,

S. C. S/ alimentos, Expte. N° 95.076/2019.

Con el memorial obrante a fojas 125/128 se tuvo por fundado el recurso, mereciendo respuesta de la contraria a fojas 132/135.

Por su parte la Sra. Defensora de Menores de Cámara dictaminó a fojas 146/147 y a fojas web 150/154 hizo lo propio el Sr.

Fiscal General, propiciando confirmar el pronunciamiento recurrido.

Antes de analizar las quejas vertidas, haremos una breve reseña de los hechos que motivaron la acción. Del escrito obrante a fojas web 2/9, resulta que la apelante inició las presentes actuaciones, con el objeto de obtener el desalojo de la demandada M.

V. G. y demás ocupantes, del inmueble sito en Combatientes de Malvinas 3710, de esta Ciudad.

Relata, que la propiedad objeto de la presente acción,

fue dada en comodato precario a su sobrino S., que al tiempo comenzó

a convivir con la accionada en dicho inmueble. Luego, refiere que se casaron, que tuvieron un hijo y se divorciaron en el año 2019.

Finalmente, aclara que su sobrino se retiró del departamento y que en la actualidad permanece allí la ex mujer y su hijo.

A fojas 28/47, se presenta la demandada, contestando la acción y solicita la conexidad de estos obrados, con los autos seguidos sobre alimentos, contra el sobrino de la actora, -Expte N°

95.076/2019-, los cuales tramitan en el Juzgado el Fuero N ° 88.

Fecha de firma: 23/05/2023

Firmado por: M.L.C., JUEZ

Firmado por: G.G.R., JUEZ DE CAMARA

Señala que la causa seguida contra el padre de su hijo menor J., es para cubrir entre otras necesidades, la vivienda, discutida en los autos seguidos por el desalojo.

En punto a la determinación de la competencia, cabe señalar que ello comprende principalmente el análisis preliminar del contenido y naturaleza de la pretensión deducida, desde un ángulo de mira objetivo, haciendo mérito de la naturaleza de la relación jurídica sustancial esgrimida, en base a los hechos expuestos en la demanda y,

en su caso, de acuerdo con el encuadre normativo acordado a la acción por el actor (conf. H.-.A.; Código Procesal Civil y...

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