Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 12 de Noviembre de 2019

Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2019
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita729/19
Número de CUIJ21 - 512602 - 6

Reg.: A y S t 293 p 456/458.

Rosario, 12 de noviembre del año 2019.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de J.A.V., contra la resolución de fecha 22 de abril de 2019, dictada por el J. del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial N° 3 de la Provincia, doctor L.R., en autos "., J.A. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'V., J.A. S / TENTATIVA DE HOMICIDIO AGRAVADO, INSTIGACIÓN AL SUICIDIO Y AMENAZAS SIMPLES EN CONCURSO REAL, ABORTO Y EXTORSIÓN EN CONCURSO REAL S / APELACIÓN PRISION DOMICILIARIA (CUIJ 21-080067240-0)" (Expte. C.S.J. CUIJ N°: 21-00512602-6); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por resolución de fecha 22 de abril de 2019, el J. del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial N° 3 de la Provincia, doctor L.R., confirmó la prórroga de prisión preventiva impuesta a V. bajo la modalidad de prisión domiciliaria (v. registro de audio y video audiencia de apelación).

  2. Contra dicho pronunciamiento, la defensa técnica de V. interpone recurso de inconstitucionalidad (fs. 4/19).

    En primer lugar, alega que la decisión atacada resulta equiparable a definitiva, al afectar la libertad del imputado durante el proceso.

    Al relatar los antecedentes de la causa, explica que en la audiencia imputativa le atribuyeron provisionalmente los delitos de tentativa de homicidio, instigación al suicidio y amenazas simples, y que por eventuales problemas que pudieran producirse con la víctima o sus familiares, la defensa consintió la prisión preventiva bajo la modalidad domiciliaria por el plazo de 30 días. Y que, vencido el mismo, el Ministerio Público de la Acusación amplió la imputación y pidió la extensión de la coerción, en razón de existir un CUIJ archivado por una denuncia de la misma víctima contra V. -por la supuesta comisión de los delitos de aborto y extorsión-, resolviéndose la prórroga de la prisión con el otorgamiento de salidas laborales.

    Expone que el F., al igual que el J. de baja instancia y la Alzada, omitieron hacer referencia a la existencia de peligro de fuga o de entorpercimiento de la investigación en esta causa, siendo éstas -dice- las únicas razones valederas para imponer una coerción anticipada.

    Entiende que en el caso se desnaturaliza la prisión preventiva, utilizándola como un mecanismo de protección de la integridad de la víctima, y que la única manera legal de protegerla es con una prohibición de...

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