Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 24 de Octubre de 2018, expediente CIV 045655/1997/CA002

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

Expte. n°: Juzgado n°

Venditto, J.L.c.B., Orlando y otro s/ Simulación

ACUERDO Nº 71/18 En la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 24 días del mes de octubre del año dos mil dieciocho, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala “I” de la Cámara Civil, para conocer de los recursos interpuestos en los autos: “Venditto, J.L.c.B., Orlando y otro s/ Simulación” respecto de la sentencia corriente a fs.

723/727de estos autos, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía hacerse en el orden siguiente: D.. CASTRO, G. y POSSE

SAGUIER.

Sobre la cuestión propuesta la Dra. CASTRO dijo:

  1. La sentencia de fs. 723/727 hizo lugar a la demanda entablada por J.L.V. contra O.B. y M.V.. En consecuencia, declaró inoponible al actor la donación de la nuda propiedad efectuada por el primero de esos demandados a favor del segundo respecto del inmueble sito en la calle C.P.C. de la Barca, Unidad 1 Planta Baja,

    instrumentada por escritura Nro.709 del 30 de septiembre de 1993,

    pasada al folio 2346 del Registro de titularidad de la E.M.C.G., con costas a los vencidos. Sólo apeló el sucesor de B., quien ya en esta instancia expresó agravios a fs.

    746/750; el correspondiente traslado no fue contestado (cfr. fs. 756 y 762).

    Fecha de firma: 24/10/2018

    Alta en sistema: 23/11/2018

    Firmado por: P.M.G.-.P.E. CASTRO - FERNANDO POSSE SAGUIER., JUECES DE CÁMARA.

  2. J.L.V. dedujo acción de fraude y simulación contra los Señores Orlando B. y M.V. pidiendo que se revoque la donación gratuita con reserva de usufructo efectuada por el codemandado B. a favor del otro coaccionado V., respecto del inmueble precedentemente individualizado.

    Afirmó que esa operación produjo la insolvencia del deudor B. en perjuicio de sus derechos que surgen de la sentencia dictada en los autos caratulados: “Venditto, J.L. c/ B., Orlando s/

    despido”, quien en connivencia con el coaccionado V. y con el propósito de insolventarse, realizó la donación gratuita con reserva de usufructo el 30 de septiembre de 1993, después de haber sido condenado en sede laboral a abonar el crédito allí reclamado.

    Como antes indiqué la decisión recurrida admitió

    la demanda. Desestimó en primer lugar la excepción de prescripción opuesta por B., con sustento en que cuando –como en autos- la acción de...

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