Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 20 de Abril de 2023, expediente CCF 006918/2019/CA001

Fecha de Resolución20 de Abril de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA II

V.H.G. c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

Buenos Aires, 20 de abril de 2023. DAB

VISTO: el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 20.10.22, deducido y fundado por la actora el 24.10.22, cuyo traslado no fuera contestado, y oído el Ministerio Público Fiscal en su dictamen del 29.3.23; y,

CONSIDERANDO:

  1. En la sentencia apelada, el Magistrado de la anterior instancia hizo lugar a la acción de amparo deducida por H.G.

  2. contra la Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) con costas.

    Para así decidir, tuvo por acreditado que la actora requería la cobertura total de una prostatectomía radical con tecnología robótica indicada por el médico tratante. En ese sentido señaló que la demandada no desconoció

    el diagnóstico del actor, que ofreció cubrir la intervención a través de la vía convencional y que el accionante denunció su realización y que fue abonada por PRAMOL SRL.

    Seguidamente, haciendo mérito del informe efectuado por el Cuerpo Médico Forense, puso de relieve que existen elementos que avalan el beneficio de la cirugía laparoscópica y robótica sobre la convencional y por otro lado, que la accionada no demostró el gravamen económico que le generaba afrontar el pago de la cobertura reclamada. Por lo tanto estimó la negativa de la cobertura por parte de la accionada, como ilegítima y arbitraria.

  3. Contra este decisorio se alza la parte actora. En su memorial sostiene que si bien reconoce su derecho, en la parte resolutiva omite establecer de qué forma la demandada debe cumplir dicha obligación.

    Señala que al momento del inicio de las actuaciones la intervención aún no había sido realizada y que fue costeada con fondos propios. Agrega que se trata de una obligación de dar sumas de dinero en los términos del artículo 765 y ss. del Codigo Civil y Comercial de la Nación y que se reclaman además los intereses correspondientes.

  4. Ante todo, es pertinente destacar que el Tribunal analizará

    aquellos agravios que sean conducentes para la correcta composición del Fecha de firma: 20/04/2023

    Alta en sistema: 21/04/2023

    Firmado por: FLORENCIA NALLAR, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    diferendo. Ateniéndose así, a la jurisprudencia de la Corte Suprema que ha juzgado correcta tal metodología (conf. CSJN, Fallos: 265:301; 278:271;

    287:271; 287:230; 294:466, entre muchos otros).

    De la compulsa de autos surge que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR