Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 16 de Marzo de 2021, expediente CIV 065942/2016/CA003

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2021
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA L

65942/2016

V C L Y OTRO c/ P N G Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de marzo de 2021.- MCP

AUTOS Y VISTOS:

  1. Contra la imposición de costas efectuada en la resolución del 16/03/2020, interpuso recurso de apelación la demandada y citada en garantía por los agravios vertidos el 18/03/2020, que fueron contestados por el Dr. G el 18/08/2020.

  2. La resolución recurrida rechazo la inconstitucionalidad del prorrateo dispuesto en el art. 730 del CCyCN e impuso las costas por su orden al considerar que el letrado pudo creerse con derecho a efectuar el reclamo.

    Se agravió la accionada por cuanto señala que contrariamente a lo sostenido en la decisión recurrida no existieron razones serias apoyadas en circunstancias fácticas y jurídicas que demostraran que pudo creerse con derecho a efectuar el planteo que fue rechazado.

  3. El art. 68 del Código Procesal consagra el criterio objetivo de la derrota para la imposición de las costas del proceso. Este principio es un corolario del vencimiento, ya que tiende a resarcir al vencedor de los gastos de justicia en que debió

    incurrir para la defensa de su derecho. De modo tal que, de acuerdo a lo que surge de la segunda parte de dicha norma, la exención de costas al vencido es excepcional y, por lo tanto, de interpretación restrictiva. Igual principio ha establecido el legislador en el art. 69

    del Código Procesal para el caso de los incidentes.

    En relación a la cuestión decidida en la resolución del 16/03/2020, cabe considerar que existe jurisprudencia encontrada entre los diferentes tribunales, los cuales toman Fecha de firma: 16/03/2021

    Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.C.D.C.P., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: G.A.I., JUEZ DE CAMARA

    diferentes pautas a la hora de admitir o rechazar el planteo de inconstitucionalidad del art. 730 del CCyCN teniendo en cuenta que es una norma que involucra el carácter alimentario de los honorarios profesionales.

    De lo expuesto, se extrae sin dificultad que existían razones fundadas para efectuar el planteo.

    Con fundamento en situaciones especiales, la jurisprudencia ha dicho que, si bien es cierto que el fundamento de la condena en costas se sustenta en el hecho objetivo de la derrota,

    no lo es menos que el propio ordenamiento confiere al juzgador la facultad de disponer su exención cuando "encuentre...

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