Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 3 de Diciembre de 2018, expediente CIV 104131/2011/CA001

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F Expte. N° 104.131/11 Sala F “U., S. s/ sucesión

abintestato

(J. 30).

Buenos Aires, diciembre de 2018.DG VISTOS Y CONSIDERANDO:

Estos autos fueron elevados en virtud del recurso de apelación

interpuesto subsidiariamente a fs. 30/33 contra el proveído de fs. 29 pto. 3) por

medio del cual el señor juez aquo desestimó el pedido de la apertura de una

cuenta en un banco privado y ordenó librar oficio al Banco de la Nación

Argentina a fin de que dicha entidad bancaria proceda a la apertura de una cuenta

a nombre de autos y a la orden del tribunal en la que deberán depositarse la

totalidad de las sumas que se percibiese por el arrendamiento denunciado o por

cualquier otro concepto que fuese de titularidad del causante de autos.

Al tribunal de alzada corresponde formular juicio de

admisibilidad definitivo respecto de la procedencia de un recurso de apelación,

sea que el tribunal de la anterior instancia haya motivado la interposición de una

queja, sea que la causa llegue en razón de haberse concedido el recurso (conf.

R., A., “Tratado de los recursos ordinarios”, t.I, pág. 399, Ed. A.,

Buenos Aires 1991; CNCiv., esta S. 178.678 del 18/10/1985).

Sabido es que constituye requisito esencial de admisibilidad de

los recursos la existencia de un gravamen o perjuicio concreto, cierto y resultante

de la resolución que se recurre (conf. CNCiv., esta S., Expte. n° 103.190/13 del

17/10/17).

Ello así, es evidente que no concurre en la especie el

mencionado requisito, a poco que se advierta que ningún perjuicio concreto y

actual le ocasiona a los apelantes la resolución recurrida, toda vez que, tal como lo

sostiene el juzgador, nada obsta a que las sumas depositadas sean entregadas para

solventar gastos conservatorios ante el requerimiento del o los administradores

con la debida rendición de cuentas.

Por otro lado, cabe recordar que los depósitos judiciales poseen

la...

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