Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 15 de Noviembre de 2016, expediente CAF 058660/2015/CA001

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I CAUSA Nº 58660/2015 UTIL OF SACI c/ EN - M ECONOMIA Y FP - SCI Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO. JUZG. Nº 9 Buenos Aires, 15 de noviembre del 2016.jrp Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el señor juez a cargo del juzgado nº 9 del fuero admitió el planteo de la parte demandada y declaró la caducidad de instancia en las presentes actuaciones por haberse cumplido holgadamente el plazo dispuesto por el art. 310 del código procesal.

    Para así decidir sostuvo que “las actividades realizadas en torno del proceso cautelar no tienen idoneidad para interrumpir el plazo de caducidad del proceso principal, puesto que aquél es independiente de la sustanciación del juicio principal y por tanto, no tiene por finalidad impulsar el procedimiento del mismo”.

  2. Que, disconforme, la parte actora interpone recurso de apelación a fs. 209 y expresa agravios a fs. 211/213.

    Destaca que con fecha 23 y 30 de noviembre de 2016 el juez tuvo por presentadas a las demandadas en los autos principales, no habiendo transcurrido el plazo de seis meses previsto como presupuesto de caducidad.

    Afirma que la medida cautelar tramitó en el mismo cuerpo del expediente principal y no por pieza separada, como lo dispone el art. 175 del código procesal, obligando a gestionar lo atinente a dicha medida y luego continuar con el fondo sin entorpecer y confundir las actuaciones.

    Considera que el magistrado omitió ordenar tanto el oficio previsto por el art. 8 de la ley 25.344, como el traslado de la demanda, configurándose el supuesto del art. 313 inc. 3 del código procesal.

  3. Que las actuaciones que invoca el recurrente son inoperantes a los fines de la caducidad de instancia, en tanto se efectuaron en el marco de la medida cautelar peticionada por la parte actora (Fallos: 329:5826; en ese sentido, esta sala, causas nº 7.020/99, “D.O. c/

    Comité Federal de Radiodifusión y otro s/ proceso de conocimiento” y nº

    Fecha de firma: 15/11/2016 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #27629881#163107771#20161117072244345 1.158/2013,“Programas...

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