Usucapion

Fecha de publicación12 Julio 2022
Número de Gaceta27405
SecciónSección Comercial
Paraná, martes 12 de julio de 2022 BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial 19
postor remiso al primer postor, por no verificarse el pago alguno de los im portes correspondientes en los plazos
indicados en el apartado a nterior, se dará aviso de sde el Portal y al mail denunciado en la inscripción como postor
a quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se
cumplimente con las obligaciones para resultar adquirente del bien subastado (art. 25 Reglamento SJE). En caso
de que ninguno de ellos m antenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. e) Perfeccionamiento
de la venta: Aprobado el remate y verificada la integración del precio de c ompra por el tribunal, se procederá a la
tradición del bien inmueble, quedando perfeccionada la venta -art.572 Cpcc-. f) Obligaciones del comprador desde
la toma de posesión: El adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales,
desde el día de la tom a de posesión de los mismos o desde que se hallare en condiciones de tomarla, art. 149 del
Código Fiscal. g) Impuestos y gastos de transferen cia: Dentro de los q uince (15) días de notificada la aprobación
del remate y para habilitar la transferencia del bien adquirido, el comprador deberá transferir al Juzgado y cuenta
arriba referida o acreditar su pago, del importe correspondiente al impuesto de sellos (2,5%), debiendo soportar
todos los gastos relativos a la inscripción - arts. 1138 y 1141 del Cód. C ivil y Comercial-. Consultas y visitas,
coordinar con el martiller o al cel 3442-645778 o en Of. Rocamora 585 de Concepción del Uruguay, Entre Ríos, de
lunes a vier nes de 09 a 17 Hs. Demandado DNI 10.800.091, Martillero CUIT 20-23967276-1.- Publíquese edictos
por dos (5) veces en el Boletín Oficial y en un diario loca l de esta ciudad.- Concepción del Uruguay.
Concepción del Uruguay, 23 de junio de 2022 – Mauro S. Pontelli, secretario interino.
F.C. 04-00031361 5 v./18/07/2022
USUCAPION
COLON
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N º 1 sito en calle Primera Junta N° 93, de la ciudad de
Colón, E. Ríos a cargo de la Dra. María José Diz, Secretaría del Dr. Juan Carlos Be nitez, en los autos “Brem
Mabel Noemí s/ Usucapión” Expte.Nº13965-17, cita y emplaza por el término de quince días a quienes se
consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en Provincia de Entre Ríos, Departamento Colón, Distrito
Cuarto, Comuna de La Clarita, Planta Urbana, Manzana 27, a 40 metros de calle Los Sauces y a 40,30 metros de
Calle Centenario, domicilio parcelario: Justo Jose Urquiza s/n, Plano de Me nsura N°60.480, confeccionado por el
Agrimensor Martín Aleja ndro Roude, registrado en la Dirección General d e Catastro en fecha 10 de noviembre de
2021, que consta de una superficie de setecientos cincuenta metros cuadrados, entre los siguientes límites y
linderos:
Norte: Recta (1-2) S. 88°02’ E de 37,50 metros linda con Luciano Abel Berdala, Pl.25.917.-
Este: Recta (2-3) S 1°58’ O de 20,00 metros lind a con Jorge Antonio Forclaz, Pl.49.283.-
Sur: Recta (3-4) N 88°02’ O de 37,50 metros linda co n Deolindo Santiago Miret, Pl. 26.078.-
Oeste: Recta (4-1) N 1°58’ E de 20,0 0 metros linda con calle Justo José Urquiza (de rip io); y especialme nte a la
“Sociedad Argentina Eastern Land Company Limited”.
A sus efectos se transcribe la resolución que en su parte pertinente, textualmente dice: “Colón, 12 de mayo de
2022.-.... Resuelvo:... 2) En consecuencia, citar por edictos a quienes se consideren con derecho sobre el
inmueble motivo del juicio y especialmente a la “Sociedad Argentina Eastern Land Company Limited” - art. 669 inc
2 y 3 CPCC- para que comparezcan a tomar intervención dentro del término de quince días, bajo apercibimientos
de nombrárseles defen sor de ausent es - art.329 Cód.cit.- 3) Dejar establecido que la citación se hará mediante
edictos que se publicarán en el Boletín Oficial y periódico local, por dos veces, de conformidad con lo establecido
en los incisos 2º y 3º del art. 669 y arts. 472, 474, 326 y 132 inc. 1º del mismo código.- Dra. Maria José Diz
Jueza”.
La presente se suscribe mediante firma electrónica - Resolución STJER Nº28/20, del 12/04/2020, Anexo IV.-
Colón, 19 de mayo de 2022 - Juan Carlos Benitez, secretar io.
F.C. 04-00031390 2 v./13/07/2022

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