Usucapion

Fecha de publicación14 Junio 2022
Número de Gaceta27388
SecciónSección Comercial
16 BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial Paraná, martes 14 de junio de 2022
oferta ganadora: Quien resulte mejor p ostor de la subasta, será no tificado en su panel de usuario del Portal y en la
dirección de correo electrónico denunciada al moment o de su inscripción como Usuario del sistema.
El tribunal agregará al expediente la constancia - como acta pr ovisoria de subasta- del resultado del remate. c)
Pago del precio: El ganad or deberá efe ctivizar el pago d e la seña corr espondiente al d iez por ciento (10%) del
precio, más la comisión del martillero (4%), y el costo por el uso del sistema (1,5% más IVA) a través de
cualquiera de las modalidades de pago autor izadas en el Portal, en el plazo de dos (2) días hábiles de finalizado el
remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 26 del Reglamento SJE. El saldo del precio de compra, se
deberá abonar dentro de los cinco(5) días hábiles de aprobarse el remate mediante transferencia electrónica a la
cuenta N° 21930534/6, CBU 3860021803000093053469 (art. 24 del Reglamento SJE) o por cualquiera de los
medios habilitados por el Portal, bajo el apercibimiento establecido en el art. 25 Reglamento SJE. d) Postor
remiso; llamado al 2do o 3er postor: En caso de declararse postor remiso al primer postor (por no verificarse el
pago alguno de los importes correspondientes en los plazos indicados en el apartado anterior, se dará aviso a
quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se
cumplimente con las obligaciones para resultar adquiren te del bien subastado (art. 25 Reglamento SJE).
En caso de que ninguno de e llos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. e)
Perfeccionamiento de la v enta: Aprobado el remat e y verificada la integración del precio de compra por el tribunal,
se procederá a la tradición de l bien inmueble, quedando perfeccionada la venta -art. 572 CPCC-. f) Compensación
del precio para el acreedor: La eximición de todo o parte del precio obtenido en subasta a favor del acreedor, sólo
se admitirá en caso de aut orización judicial previa (art. 15 Reglamento SJE). g) Obligacione s del comprador desde
la toma de posesión: El adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales,
desde el día de la tom a de posesión de los m ismos o desde que se hallare en condiciones de tomarla, art. 149 del
Código Fiscal. h) Impuestos y gastos de transferen cia:Dentro de los quince (15) días de notificada la aprobación
del remate- art. 240 Código Fiscal y para habilitar la transferencia del bien adquirido, el comprador deberá
acreditar el pago del sellado previsto por el art. 205 del Código Fiscal y el art. 13. inc. 5 a) de la Ley Impositiva,
debiendo soportar todos los gastos relativos a la inscripción - arts. 1138 y 1141 del Có d. C ivil y C omercial-. 3.
Publíquense edictos por dos veces en el Boletín Oficial y en el medio periodístico de esta ciudad que elija la parte
ejecutante, de esta ciudad, anunciando la subasta, lo que deberá hacerse con se is días de antelación, haciénd ose
constar en los mismos, el estado de ocupa ción, sin identifi car el nombre individual de la/las personas que ocupan
el bien, y horario de visita; debiendo transcribirse estrictamente la presente resolución, sin hacer referencias de
valoración sobre el bien a subastar, asimismo deberá hacerse const ar que queda a disposición de las partes
interesadas el expediente para el examen del título y deudas que pesan sobre el inmueble. ….”
..... “Gualeguay, 12 de mayo de 2022. Advirtiendo que se ha consignado erróneamente la fecha d e finalización de
la subasta señalada por cuanto la misma no respeta el p lazo establecido por el art. 17 del Reglamento de
Subastas Judiciales Electrónicas, rectifícase el primer párrafo de la providencia que antecede debiendo leerse:
“(...) finalizando el día 4 de julio de 2022 a la hora 11. Para participar de la subasta, los interesados (personas
físicas o jurídicas) deberán estar previamente registrad os como usuarios en el Portal de Subastas
https://subasta.jusentrerios.gov.ar, art. 6. Reglamento SJE”, en reemplazo de la fórmula actual. Notifíquese la
presente juntamente con el decreto de subasta referenciado, debiendo estarse por lo demás a lo allí ordenado en
lo que no ha sido materia de modificación en el presente”. Notifíquese conforme arts. 1° y 4°. Acordada 15/18
SNE. Fabián Morahan, Juez Civ. y Com. N° 1.
Gualeguay, 8 de junio de 2022 - Delfina M. Fernández , Secretaria
F.C. 04-00030439 2 v./14/06/2022
USUCAPION
TALA
El Sr. Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial de la ciudad de Rosario del Tala, s ituado en Edificio de
Tribunales: Alte. Brown Nº 23 de la homónima ciudad, Departamento Tala, Provincia de Entre Ríos, Dr. Octavio
Valentín Vergara, Secretaría única a cargo de la Dra. María Luciana Capurro, en los autos “Martín Gabriela Raquel

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR