Urquiza

Fecha de la disposición20 de Marzo de 2007

Contrato Social Extractado de "URBANIZADORA URQUIZA S.R.L.". De conformidad con lo prescripto en el artículo de 10 de la Ley de Sociedades Comerciales 19.550, se comunica la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada conforme a las siguientes previsiones: 1) Socios: Julio César Alonso, D.N.I. N° 10.509.090, argentino, soltero, 53 años, comerciante con domicilio en calle Torcuato de TelIa 31 Godoy Cruz Mendoza; Roberto Andrés Pecoraro, argentino, casado, 33 años, comerciante, D.N.I. 23.596.651 con domicilio en calle Jujuy 1188 de la Ciudad de Mendoza y Felipe Clemente Peña, D.N.I. 8.324.124, argentino, divorciado, 56 años, comerciante, con domicilio en calle Evaristo Carriego 1176 Villa Hipódromo, Godoy Cruz, Mendoza. 2) Acto constitutivo: Contrato de fecha 02 de abril de 2006. 3) Denominación: Urbanizadora Urquiza S.R.L. 4) Domicilio Social, Comercial y Fiscal: Torcuato di Tella N° 31 Godoy Cruz, Mendoza. 5) Duración: La duración de la sociedad se fija en cincuenta (50) años contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Este plazo podrá ser prorrogado por idéntico período, con el voto de la unanimidad de los socios que representen la totalidad del capital social. La prórroga debe resolverse y la inscripción solicitarse antes del vencimiento del plazo de duración de la sociedad. 6) Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de tercero, o asociada a: terceros, en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a) Compra, venta y/o permuta de bienes muebles o inmuebles, frutos productos, subproductos, mercaderías, materias primas, materiales, útiles, rodados, maquinarias, herramientas y repuestos, sean éstos de origen nacional o importados; b) Prestación de servicios de todo tipo a la actividad civil, comercial, turística e industrial, sea ésta pública y/o privada; c) Mandatos: mediante el ejercicio de representaciones, distribuciones, consignaciones, comisiones, licencias, franquicias, intermediaciones y todo tipo de mandatos o similares; d) Compra venta, intermediación, administración, construcción de cualquier tipo de edificación o mejoras, alquiler o arrendamiento, fraccionamiento y urbanización de bienes inmuebles urbanos y/o rurales, propios o ajenos, se trate de propiedad individual o afectados al Régimen de la Ley 13.512 y otros de copropiedad distintos o similares. Y para el cumplimiento de...

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