Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 23 de Febrero de 2017, expediente CAF 047790/2016/CA001

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 47.790/2016, “URBAN TREND SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

Buenos Aires, de de 2017.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que, el Jefe del Departamento de Procedimientos Legales Aduaneros, por resolución nº 2757/10, rechazó la impugnación de la firma URBAN TREND SA y, consecuentemente, confirmó el cargo nº 205/08, por considerar que la recurrente incumplió la resolución MEyOSP nº 763/96 (aclarada por la resolución MEyOSP nº 381/96) y la Instrucción General nº 53/2002 (SDG LTA).

    Esta decisión, se fundó en: i) la inaplicabilidad del certificado de origen nº CCPIT 060426533 porque no tiene intervención del consulado argentino, con jurisdicción en el país de procedencia de la mercadería; ii) la factura comercial EA06-003 no consigna el número del certificado de origen y la descripción de la mercadería no se corresponde con la del certificado; iii) en la factura comercial nº HZ2006T1918V no consta la intervención del consulado argentino del país de procedencia de la mercadería.

  2. Que, por pronunciamiento de fs. 41/43, la Sala “F”

    del Tribunal Fiscal de la Nación, resolvió revocar la resolución nº

    2757/10 (DE PRLA), con costas.

    Para así decidir, en lo que aquí interesa, el a quo sostuvo:

    (i) Los datos del importador argentino se encuentran consignados en el certificado de origen, en el campo destinado para la descripción de la mercadería.

    (ii) En el reverso del certificado de origen CCPIT 060426533 hay constancia de intervención del Consulado argentino, Fecha de firma: 23/02/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #28665359#170856466#20170203101017369 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa nº 47.790/2016, “URBAN TREND SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO”

    con jurisdicción en el país de procedencia de la mercadería (Hong Kong).

    (iii) La descripción de la mercadería de la factura comercial EA-06-003, se corresponde con la del certificado de origen nº CCPIT 060426533.

    (iv) La documentación adjunta corrobora que la recurrente cumplió con las exigencias impuestas por la resolución MEyOSP nº 763/96.

    (v) En suma, se acreditó el origen chino y la procedencia de Hong Kong de la mercadería importada.

  3. Que, disconforme con lo decidido, apeló el Fisco (fs.

    45). Fundó su recurso (fs. 49/53), sin réplica, aduciendo los siguientes planteos:

    (i) El certificado de...

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