Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 26 de Abril de 2018, expediente COM 017394/2014
Fecha de Resolución | 26 de Abril de 2018 |
Emisor | Camara Comercial - Sala F |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F UNION DE USUARIOS Y CONSUMIDORES c/ PEUGEOT CITROEN S.A.
s/ORDINARIO EXPEDIENTE COM N° 17394/2014 VG Buenos Aires, 26 de abril de 2018.
Y Vistos:
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La parte demandada apeló en fs. 255 la decisión de fs.
232/242 por medio de la cual el magistrado de grado, entre otras cuestiones que no fueron objeto de agravio, rechazó la defensa de falta de legitimación activa y el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 52 y 54 de la Ley de Defensa del Consumidor, con costas a su cargo; y, le impuso también las costas por el rechazo de la incidencia relacionada con la falta de mediación previa.
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La Sala "A" de esta Cámara, decidió revocar el fallo en fs.
293/298, acogiendo la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la accionada, con costas de ambas instancias en el orden causado.
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Contra dicho pronunciamiento, la Asociación demandante interpuso recurso extraordinario federal (fs. 325/344), el que fue concedido en fs. 371.
El más Alto Tribunal de la Nación, revocó la sentencia recurrida remitiendo a la doctrina sentada en los precedentes “H.” y “Consumidores Financieros Asociación Civil” (Fallos: 337:762), dictados en 24.2.2009 y 24.6.2014, respectivamente.
En tal sentido, entendió que la alzada argumentó sobre la base de un innegable dogmatismo. Y sostuvo que “no se advierte que las singularidades propias de las “diversas contrataciones” efectuadas por las “distintas personas”, las que a su vez podrían tener “diferentes características según la naturaleza del sujeto (persona física o jurídica)”, además, de “las Fecha de firma: 26/04/2018 Alta en sistema: 02/05/2018 Firmado por: A.N.T., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.F.B., PRESIDENTE DE LA SALA F Firmado(ante mi) por: M.J.M., PROSECRETARIA DE CAMARA #23088060#203769169#20180425100919726 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F características y destino del vehículo, el canal de comercialización a través del cual fue adquirido el automotor y, en definitiva, las prestaciones convenidas entre las partes celebrantes de la compraventa” sean refractarias -sin más- al rasgo de homogeneidad fáctica y normativa que habilita la vía intentada” (fs.
381).
Pues bien, esta S. en diversos precedentes expuso su postura en torno a la amplia interpretación sobre la legitimación activa de la asociaciones de consumidores para comparecer a juicio en representación de aquéllos -sean...
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