Unifican en un fuero las demandas por las tarifas

La sostuvo ayer que es una facultad de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo resolver qué tribunal es competente para decidir sobre un proceso colectivo en el que se discute la validez del para el servicio de gas durante 2017.

El tribunal resolvió por unanimidad después de que se planteara un conflicto de competencia entre el Juzgado Federal de Junín y el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 8.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti entendieron que el órgano legalmente facultado para dirimir toda contienda de competencia planteada "entre un juez del fuero Contencioso Administrativo y un juez de otro fuero" es la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

El municipio de Leandro N. Alem, a través de su Oficina de Defensa del Consumidor, había presentado una acción que cuestionó la suba del gas para los usuarios residenciales. La demanda quedó radicada en el juzgado federal de Junín, a cargo del juez Héctor Pedro Plou. Los demandados son el Ministerio de Energía, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y Camuzzi Gas Pampeana SA.

Con su presentación, esa municipalidad tomó la "capitanía" de una nueva demanda colectiva: el juez de Junín inscribió el proceso en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema y otras...

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