Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 26 de Septiembre de 2022, expediente FCB 000095/2020/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B
AUTOS: “UANINI, R.C. c/ ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS s/ ACCIÓN
MERAMENTE DECLARATIVA DE
INCONSTITUCIONALIDAD”
En la Ciudad de Córdoba a 26 días del mes de septiembre del año dos mil veintidós, reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:
UANINI, R.C. c/ ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE
INGRESOS PÚBLICOS s/ ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA DE
INCONSTITUCIONALIDAD
(Expte. N° FCB 95/2020/CA1) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. M.E.L. en contra de la Resolución dictada con fecha 30
de agosto de 2021 por el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, que hizo lugar a la demanda entablada y declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley N° 20.628.
Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: LILIANA
NAVARRO – ABEL G. SANCHEZ TORRES.
La señora Jueza de Cámara, doctora L.N., dijo:
I.V. los presentes autos a decisión de la Sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. Marcelo E.
Lizzi en contra de la Resolución dictada con fecha 30 de agosto de 2021
por el Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, que hizo lugar a la demanda entablada y declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c) de la Ley N°
20.628.
II. En primer término advierto que el Dr.
M.E.L., al interponer el recurso de apelación (fs. 77 del Sistema de Gestión Lex 100) y al expresar agravios (fs. 79/105 del Sistema de Gestión Lex 100), no acompañó el respectivo poder que justifique su Fecha de firma: 26/09/2022
Alta en sistema: 28/09/2022
Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CÁMARA
Firmado por: L.N., PRESIDENTA DE SALA
34516151#340342862#20220928082932806
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B
AUTOS: “UANINI, R.C. c/ ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS s/ ACCIÓN
MERAMENTE DECLARATIVA DE
INCONSTITUCIONALIDAD
personería, toda vez que en la presente causa actúa en calidad de abogado patrocinante del letrado apoderado de la A.F.I.P. Dr. O.M.E..
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Dicho esto, es preciso resaltar que el tema de la representación procesal es un instituto que el ordenamiento ritual le ha prestado una especial atención, ya que la justificación de la personería es un requisito indispensable para la constitución de la relación...
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