Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala G, 31 de Mayo de 2019, expediente CIV 000091/2019/CA001
Fecha de Resolución | 31 de Mayo de 2019 |
Emisor | Camara Civil - Sala G |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA G
U., R.R.c.B., M. C. s/DENUNCIA POR VIOLENCIA
FAMILIAR
Juzg. n° 83 Sala G Expte n° 91/2019/CA1
Buenos Aires, de mayo de 2019.- AC
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
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Vienen estos autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto -en subsidio a fs. 21/22-
por el denunciante contra la providencia de fs. 20, mantenida a fs. 23,
que tuvo por extemporáneo el recurso de apelación deducido contra la resolución de fs. 16, por la cual la juez de feria desestimó in limine la denuncia.
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Sin perjuicio que señalar que la providencia que importó denegatoria de la apelación debió ser suscripta por el juez y no por la secretaria del juzgado como si se tratara de un supuesto de escrito presentado fuera de plazo (art. 38, inc. 6, CPCCN), con posibilidad de acudir en tal caso a la vía que prevé el art. 282 del código ritual; si se repara en la fecha de la notificación personal cumplida según nota al pié de fs. 16 vta. (3/1/2019) y la del cargo del escrito de apelación de fs. 19 (14/02/2019), queda en evidencia la ineficacia de las quejas (arts. 142 y 244 CPCCN).
Se destaca de todos modos, como bien advierte la Defensora de Cámara, que la cuestión objeto de la apelación denegada devino abstracta, pues conforme se desprende del acta de fs. 19 del juicio sobre divorcio promovido por el recurrente (Expte. n°
88152/2018, a la vista para esta acto), las partes acordaron que el cuidado personal del hijo común será ejercido por ambos en forma compartida e indistinta, quedando como domicilio principal el de la madre. Conclusión que se reflejaría asimismo en el recurso por el cual fueron elevados estos autos.
Fecha de firma: 31/05/2019
Alta en sistema: 11/06/2019
Firmado por: C.A.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: C.A.C.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: G.M.P.O., JUEZ DE CAMARA
Por lo expuesto y oída la representante del...
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