Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 6 de Octubre de 2022, expediente CIV 033765/2021
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala K |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K
Expte. n° 33765/2021
TUCCI, PASCUAL Y OTRO c/ MOLTRES S.A. s/ DESALOJO POR
VENCIMIENTO DE CONTRATO
Buenos Aires, 6 de octubre de 2022.
AUTOS Y VISTOS
Y CONSIDERANDO:
I- Contra el pronunciamiento dictado a fs.56, apela la empresa “Moltres S.A.”. Presentó su memoria a fs.61, cuyo traslado fue contestado a fs.63. Además, apelaron honorarios la letrada de la parte actora –por bajos- (fs. 57) y el demandado –por altos- (fs. 59).
II- En la resolución cuestionada, el juez de la anterior instancia desestimó la excepción de falta de legitimación activa, con costas.
Asimismo, admitió la demanda de desalojo interpuesta por la señora A.H.T. y el señor P.T. y condenó a “M.S.” y a subinquilinos y/u ocupantes a desalojar el inmueble sito en la calle Piedras 1818, Planta Baja “A” de esta Ciudad, dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento de ejecutar el lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública, con costas. Reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.
III- Critica la emplazada el rechazo de la excepción de falta de legitimación activa, con fundamento en que su parte negó la autenticidad de la documentación aportada por la actora y, también, el carácter de propietaria de la señora A.H.T. -quien no participó en el contrato-. Se agravia, además, de los honorarios regulados a la representación letrada de la actora y a la mediadora interviniente, por excesivos. Solicita, pues, su reducción.
IV- A fin de resolver la cuestión, cabe liminarmente recordar que el desalojo es el proceso especial por el cual quien posee la titularidad del bien reclama la restitución del uso y goce de quien lo ejerce sin derecho.
En lo relativo a determinar si la señora T. se encontraba habilitada para entablar la acción, diremos que así como la legitimación activa para obrar se vincula con la identidad entre la persona que demanda y el sujeto activo de la relación sustancial controvertida en el proceso (Conf. Palacio, Lino, Derecho Procesal Civil, T. I, p. 406,
Fenochietto –Arazi, Código Procesal Comentado, T. 2, p. 229), quien promueve una acción de desalojo puede ser cualquiera de las personas a Fecha de firma: 06/10/2022
Firmado por: S.P.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.E.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: B.A.V., JUEZ DE CAMARA
las que la ley le reconoce la facultad de transmitir la tenencia de la cosa,
pues en definitiva, es el reintegro de dicha tenencia lo que...
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