Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 4 de Mayo de 2017, expediente CAF 038597/2009/CA002

Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV 38597/2009 TRIPETROL PETROLEUM SA-ANTRIM ARG-

UTE-PUESTO GUARDIAN Y OTROS c/ EN -M°

PLANIFICACION- SE (EXPTE S01 535921/08) Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Buenos Aires, de mayo de 2017.- DEP Y VISTOS:

El recurso extraordinario interpuesto a fs.1896/1919vta., por Y.P.F. SA, contestado a fs.1921/1926 y fs. 1927/1945, contra la resolución de fs.1893/1895; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, es doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que las resoluciones en las que se decreten o deniegan medidas cautelares no constituyen sentencias definitivas a los efectos del recurso extraordinario –porque no ponen fin el pleito ni impiden su continuación- salvo cuando se demuestre que el perjuicio que la decisión pueda ocasionar sea de imposible reparación ulterior (confr.

    doct. de Fallos 303:16).

  2. ) Que la circunstancia de excepción indicada no concurre en el sub examine, razón por la cual ha de desestimarse el remedio intentado. Con costas 8art 68...

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