Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 22 de Septiembre de 2016, expediente CIV 108579/2007/CA001

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil - Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I 108579/2007 T.H.W. c/ CRISTIANI DINO SERGIO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 22 de septiembre de 2016.- MA AUTOS Y VISTOS:

Para decidir en el recurso interpuesto a fs.452. Los fundamentos expuestos a fs. 452/vta. fueron contestados a fs.461/2.

La ley 21839 tiene una serie de pautas cuantitativas y cualitativas a efectos de establecer la retribución de los abogados por las tareas cumplidas en el marco de un proceso judicial.

Sin embargo para arribar a un emolumento justo y adecuado en la tarea efectuada por los peritos, en este caso médico, que carecen del arancel, este colegiado entiende aplicable el art. 478 del Código Procesal y en forma supletoria y en lo pertinente de la ley citada. Ello, para resguardar asimismo el carácter alimentario del estipendio que le reconocen tanto la doctrina como la jurisprudencia de nuestros tribunales (esta Sala expte.41601/07 “Cons. Maipú 36/44 c/ Curesti, L. s/ Insania”, del 16 de junio del 2016, entre otros).

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los trabajos efectuados por la experta, el monto del...

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