Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 12 de Abril de 2023, expediente CCF 001941/2007/CA002

Fecha de Resolución12 de Abril de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA II

TRIMBOLI M.A. Y OTROS c/ TELEFONICA DE

ARGENTINA SA Y OTRO s/PROGRAMAS DE PROPIEDAD

PARTICIPADA

Buenos Aires, 12 de abril de 2023. SM

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por Telefónica de Argentina S.A. el 8.03.22, fundando en la presentación del 11.07.22 y replicado por la actora el día 3.10.22, contra la resolución del día 14.12.21;

y CONSIDERANDO:

  1. En el pronunciamiento dictado con fecha 7.02.22, el juez de la instancia de grado se expidió con relación a diversas impugnaciones formuladas por las partes y aprobó en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada por la actora respecto de Telefónica de Argentina S.A. en los montos indicados en las planillas obrantes en fs. 574/577 en concepto de capital e intereses. Asimismo, ordenó que se practique una nueva liquidación respecto del Estado Nacional con arreglo a lo indicado en el considerando

  2. En lo que aquí interesa resolvió que: a) en lo que respecta al coeficiente de participación accionaria, para la determinación de esos coeficientes correspondiendo aplicar el variable, es decir, el coeficiente de participación debe variar en relación a la cantidad de empleados que, año a año, se desempeñaron en la empresa, o sea, el número de empleados existentes en cada uno de los ejercicios a liquidarse; b) el cálculo efectuado por el letrado de los actores es correcto, en tanto se han considerado los periodos comprendidos entre marzo de 2002 hasta el año 2016 y; c) los intereses correspondientes a cada uno de los períodos estimados, devengará

    un interés directo equivalente a la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento a treinta días computado desde la aprobación de cada uno de los balances respectivos por parte de la Asamblea hasta el efectivo pago.

  3. Frente a aquella decisión, la empresa telefónica apeló la decisión el día 8.03.22, fundando su recurso en la presentación señalada en Fecha de firma: 12/04/2023el Visto. En su memorial, refiere que los bonos que les corresponderían a A. en sistema: 13/04/2023

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    cada agente, se obtienen a través de un coeficiente fijo, y que no corresponde su variación en función del personal.

    Estas críticas merecieron el responde de los actores del día 3.10.22.

  4. Planteado así el asunto, corresponde señalar en lo que se refiere a las...

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