Tribunal de Cuentas, Año 2020 - Res. N° 34, 36 a 43 y 45

Fecha de publicación20 Enero 2021
Tipo de documentoRESOLUCIONES
Número de Gaceta13575
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 8 Miércoles 20 de Enero de 2021
miento de la salud de la población, como así también
controlar los factores sociobiológicos y ambientales a
fin de reducir los riesgos de enfermar de todas las per-
sonas;
Que ante la situación de público conocimiento por
efectos de la pandemia mundial por COVID-19
(Coronavirus), resulta necesario adoptar medidas que
permitan acompañar la situación de emergencia acaeci-
da en la Provincia;
Que ante esta situación corresponde rectificar la
fecha para el régimen de refinanciación establecido por
Resolución N° 104/20;
Que por Decreto N° 611/20 se designa Presidente
del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Ur-
bano con facultades, funciones y atribuciones que la
Ley XXV- N° 5 le otorga al Directorio del Organismo;
POR ELLO
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA
VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO
RESUELVE:
Artículo 1°.- Rectificar el Artículo 1° de la Resolución
N° 104/20-IPV, el que quedará redactado de la siguiente
manera «Artículo 1°: Establecer un régimen especial de
refinanciación de la deuda hipotecaria en mora al 20/01/
2021 para todos los adjudicatarios y tomadores de cré-
ditos individuales que se encontraren en ese estado a
esa fecha. A los efectos de la refinanciación serán con-
siderados en igual situación que los deudores hipoteca-
rios, los adjudicatarios bajo cualquier título de viviendas
financiadas a través del Instituto Provincial de la Vivien-
da y Desarrollo Urbano.»
Artículo 2°.- Rectificar el Artículo 2° de la Resolución
N° 104/20-IPV, el que quedará redactado de la siguiente
manera «Artículo 2°: Serán considerados en mora, aque-
llos incumplimientos que a la fecha de la presente o
hasta el 20/01/2021 habiliten el inicio de acciones ejecu-
tivas de cobro, conforme el procedimiento previsto en
las respectivas hipotecas. Fijar como fecha de inicio de
la refinanciación implementada el día 01 de febrero de
2021.»
Artículo 3°.- Rectificar el Artículo 6° de la Resolu-
ción N° 104/20-IPV, el que quedará redactado de la
siguiente manera «Artículo 6°: Dar de baja las
refinanciaciones acordadas con anterioridad a la vi-
gencia de la presente con los adjudicatarios que a la
fecha se encuentren en calidad de morosos según el
decreto 178/18. En esos casos los pagos efectuados
por los beneficiarios serán contabilizados al momento
de establecer el monto total de la deuda al 20/01/2021.»
Artículo 4°.- Rectificar el Artículo 7° de la Resolución
N° 104/20-IPV, el que quedará mediante publicación en
el Boletín Oficial de la Provincia. Los deudores morosos
comprendidos podrán hasta el 20 de enero de 2021,
rechazar el régimen creado por el Artículo 1° mediante
comunicación fehaciente al Instituto Provincial de la Vi-
vienda y Desarrollo Urbano, en cuyo caso este último
procederá a requerir ya sea en forma extrajudicial o
judicial el cobro inmediato de la totalidad de la deuda
existente con más los intereses compensatorios y
punitorios correspondientes por aplicación de cláusu-
las contractuales y legales. En este último caso no
regirá la suspensión de actuaciones judiciales dispues-
ta por el Artículo 5°.»
Artículo 5°.- Regístrese, Comuníquese y Cumplido
ARCHIVESE.-
Ar. Carlos Alberto SIMIONATI
Presidente Instituto Provincial de la
Vivienda y Desarrollo Urbano
I: 18-01-21 V: 20-01-21
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 34/20
Rawson (Chubut), 12 de Agosto del 2020
VISTO: El expediente 37.796, año 2018, caratulado:
«MINISTERIO DE FAMILIA Y PROMOCIÓN SOCIAL – S/
RENDICIÓN DE CUENTAS SAF 40 FF 111, 358 EJERCI-
CIO 2018; y
CONSIDERANDO: Que en virtud de las actuacio-
nes obrantes en el Expediente del Visto, de los Infor-
mes Preliminares Nº 50/2019- F8 y N° 01/2020-F8 no
se ha dado respuesta a las Notas Nº 001/2020-F8 y Nº
002/2020-F8;
Que el Art. 35º de la Ley V Nº 71, autoriza a este
Organismo a emplazar al obligado a contestar las obje-
ciones formuladas;
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma
legal determina que el Tribunal dictará resolución
interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y decla-
rando libre de cargo al responsable, o bien determi-
nando las partidas ilegítimas no aceptadas o no com-
probadas y ordenando se proceda a la cobranza, con
los alcances que en tal virtud declaren a favor del
fisco;
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo ante-
rior, el incumplimiento de la presente resolución dará
lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º
incisos m) y n) y 18º inc. c), según corresponda, de la
citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº
08, resultan responsables el Actual Director General
de Administración: Sr. Oscar Alfredo Reinoso – DNI
Nº 22.358.891 desde el 17/03/2020 hasta la fecha,
la ex Directora General de Administración Cra. Silvina
Santarelli – DNI Nº 24.615.616 desde 15/04/2019 al
16/03/2020; el Ex-Director General de Administra-
ción Cr. Pablo Edgardo Ramón – DNI Nº 29.463.060
desde el 04/04/2016 hasta el 28/03/2019; y a/c de
Tesorería la Sra. Marisa Laura Almada – DNI Nº
18.644.353 desde el 07/12/2016 a la fecha.;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RE-
SUELVE:
Primero: Conminar a los Sres. Oscar Alfredo
Reinoso – DNI Nº 22.358.891 desde el 17/03/2020
hasta la fecha en su carácter de Actual Directora
General de Administración, la Cra. Silvina Santarelli
– DNI Nº 24.615.616 en su carácter de ex Directora
General de Administración, desde 15/04/2019 al 16/
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 9
Miércoles 20 de Enero de 2021
03/2020; al Cr. Pablo Edgardo Ramón – DNI Nº
29.463.060 en su carácter de Ex-Director General
de Administración, por el período comprendido en-
tre el 04/04/2016 hasta el 28/03/2019 y a la Sra.
Almada, Marisa L., DNI 18.644.353, a/c de la Teso-
rería desde 07/12/2016 a la fecha; a dar respuesta
a las Notas Nº 001/2020- F8 y N° 002/2020-F8, den-
tro del término de quince (15) días, que al efecto se
fija bajo apercibimiento de proceder conforme a la
aplicación de las multas previstas en los artículos
17º inc. m) y n) y 18º inc. c) de la Ley Nº V-71,
según corresponda.
Segundo: Regístrese, notifíquese y cumplido,
archívese.
Pres. Cr Antonio Cimadevilla
Voc. Dr. Martin Meza.
Voc. Dr. Tomas Antonio Maza.
Voc. Cr Liliana Underwood.
Voc. Cr Sergio Camiña
Ante mi Dr. Roberto Tejada
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 36/20
Rawson (Chubut), 14 de Agosto del 2020
VISTO: El expediente 37.802, año 2018, caratulado:
«MINISTERIO DE FAMILIA Y PROMOCIÓN SOCIAL – S/
RENDICIÓN DE CUENTAS SAF 40 FF 503 PROGRAMA
CENTROS COMUNITARIOS EJERCICIO 2018; y
CONSIDERANDO: Que en virtud de las actuaciones
obrantes en el Expediente del Visto, del Informe Nº 75/
2020-F8 surge que no se han subsanado los puntos 1
a 3 allí detallados;
Que el Art. 35º de la Ley V Nº 71, autoriza a este
Organismo a emplazar al obligado a contestar las obje-
ciones formuladas;
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma
legal determina que el Tribunal dictará resolución
interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y decla-
rando libre de cargo al responsable, o bien determinan-
do las partidas ilegítimas no aceptadas o no comproba-
das y ordenando se proceda a la cobranza, con los
alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco;
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior,
el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a
las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m) y n)
y 18º inc. c), según corresponda, de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 08,
resultan responsables el Actual Director General de
Administración: Sr. Oscar Alfredo Reinoso – DNI Nº
22.358.891 desde el 17/03/2020 hasta la fecha, la ex
Directora General de Administración Cra. Silvina
Santarelli – DNI Nº 24.615.616 desde 15/04/2019 al 16/
03/2020; el Ex-Director General de Administración Cr.
Pablo Edgardo Ramón – DNI Nº 29.463.060 desde el 04/
04/2016 hasta el 28/03/2019; y a/c de Tesorería la Sra.
Marisa Laura Almada – DNI Nº 18.644.353 desde el 07/
12/2016 a la fecha.;
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los Sres. Oscar Alfredo
Reinoso – DNI Nº 22.358.891 desde el 17/03/2020 has-
ta la fecha en su carácter de Actual Directora General
de Administración, la Cra. Silvina Santarelli – DNI Nº
24.615.616 en su carácter de ex Directora General de
Administración, desde 15/04/2019 al 16/03/2020; al Cr.
Pablo Edgardo Ramón – DNI Nº 29.463.060 en su carác-
ter de Ex-Director General de Administración, por el
período comprendido entre el 04/04/2016 hasta el 28/
03/2019 y a la Sra. Almada, Marisa L., DNI 18.644.353,
a/c de la Tesorería desde 07/12/2016 a la fecha; a dar
respuesta a los puntos 1 a 3 del Informe Nº 75/2020-F8
cuya copia se acompaña, dentro del término de quince
(15) días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de
proceder conforme a la aplicación de las multas previs-
tas en los artículos 17º inc. m) y n) y 18º inc. c) de la
Ley Nº V-71, según corresponda.
Segundo: Regístrese, notifíquese y cumplido,
archívese.
Pres. Cr Antonio Cimadevilla
Voc. Dr. Martin Meza.
Voc. Dr. Tomas Antonio Maza.
Voc. Cr Liliana Underwood.
Voc. Cr Sergio Camiña
Sec. Dra. Baeza Morales Irma
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 37/20.-
Rawson (Chubut), 24 de agosto de 2020.
VISTO: El Expediente Nº 39607, año 2020,
caratulado: «COMISIÓN DE FOMENTO DE GUALJAINA «
- S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2020;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 80/
20 F.12, la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 12 da
cuenta que la Comisión de Fomento de GUALJAINA
no ha remitido las rendiciones de Cuentas corres-
pondiente a los meses de enero a marzo del Ejerci-
cio 2020.
Que por Acuerdos Nros. 408/00 y 220/96 dictados
por este Tribunal se aprueban normas para la presen-
tación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumpli-
miento dará lugar a la aplicación de las multas estable-
cidas por los artículos 17º inc. m) y n) y 18º inc. c) de la
Ley V-71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 12
resultan responsables. Intendente: Sr. Marcelo Horacio
LIMARIERI; Secretaria de Gobierno: Sra. Cintia Karina
LAGOS, de la presentación de las Rendiciones de Cuen-
tas de los meses de enero a marzo del Ejercicio 2020
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar al responsable de la Comisión de
Fomento de GUALJAINA. Responsables Intendente: Sr.
Marcelo Horacio LIMARIERI; Secretaria de Gobierno: Sra.
Cintia Karina LAGOS, a presentar las Rendiciones de
Cuentas de los meses de enero a marzo del Ejercicio
2020 dentro del término de quince (15) días que al efec-
to se fija, bajo apercibimiento de proceder conforme los
artículos 17º inc. m) y n) y 18º inc. c) de la Ley V-71,
según corresponda.
Segundo: Regístrese, notifíquese, hágase saber a

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR