TRIBUNAL COLEGIADO (S/C 505566 Ago. 31 Set. 4)

Fecha04 Enero 2023
Número de registro505566
EmisorTRIBUNAL COLEGIADO

En los autos caratulados: “IÑIGUEZ, CINTIA MELISA c/ BLAZQUEZ, NICOLAS s/ Alimentos” (CUIJ N° 21-11394778-8), en trámite por ante el Tribunal Colegiado de Instancia Única Civil de Familia de la 3° Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. María José Campanella (Jueza), Dr. Sergio Fuster (Secretaria), se dispuso: “N° 1300. Rosario, 08/05/2023. Y VISTOS ( ... ) Y CONSIDERANDO QUE ( ... ) RESUELVO: 1) Hacer lugar a la pretensión cautelar y, en consecuencia, fijar una cuota alimentaría provisoria en favor de CATALINA BLAZQUEZ (D.N.I. N° 53.798.848) y JUAN IGNACIO BLAZQUEZ (D.N.I. N° 57.326.693) y a cargo de su progenitor NICOLAS BLAZQUEZ (D.N.I. N° 31.115.676) equivalente a un Salario Mínimo, Vital y Móvil publicado en el BOLETÍN OFICIAL por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (suma que actualmente -mayo de 2023- asciende a $84.512.- mensuales), con más las asignaciones familiares que correspondieren y toda otra bonificación en beneficio de los alimentados. El monto ordenado se actualizará automáticamente en las oportunidades y porcentajes con que se incremente el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Dicha suma deberá ser depositada en el Banco Municipal Rosario, Sucursal N° 80 Caja de Abogados, sito en calle Montevideo N° 2076, en cuenta bancaria judicial que se abrirá para estos autos y a la orden de este Tribunal, del 1° al 10 de cada mes. 2) Hágase saber al alimentante lo dispuesto por el art. 40 de la Ley 11.945 que a continuación se transcribe: “Habilita la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos el incumplimiento de tres cuotas consecutivas o cinco alternadas dentro de los dos años, ya sean de alimentos provisorios o definitivos”. 3) Notifíquese a las partes y al Defensor General en su despacho. 4) Insértese y hágase saber. AUTOS: “IÑIGUEZ CINTIA MELISA c/ BLAZQUEZ NICOLAS s/Alimentos” CUIJ 21-11394778-8. Fdo. Dra. María José Campanella (Jueza), Dra. Julieta Biancardi (Prosecretaria)“. Y, “ROSARIO, 10 de Julio de 2023. Por notificado. Por interpuestos recurso de revocatoria parcial y apelación en subsidio contra la resolución N° 1 300 de fecha 08/05/2023, si en tiempo y forma estuvieran. Al recurso de revocatoria parcial, traslado a la contraparte por el término y bajo apercibimiento de ley. Al recurso de apelación interpuesto en subsidio, no ha lugar, atento no resultar ser parte de la estructura impugnativa de los Tribunales Colegiados. Téngase presente. Notifíquese”. Fdo. Dra. María José Campanella (Jueza),...

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