TRIBUNAL COLEGIADO ($ 800 506106 Sep. 08 Sep. 12)

Fecha12 Septiembre 2023
Número de registro506106
EmisorTRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición del Tribunal Colegiado de Familia N° 5 de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: CUMIN CAMILA SOLEDAD c/SOLIS MARIANO GASTON s/Privación de la responsabilidad parental y supresión del apellido paterno; CUIJ Nº 21-10744686-6 se ha dispuesto publicar el presente edicto, a fin de citar y emplazar al accionado Mariano Gastón Solis, conforme a los siguientes decretos: Santa Fe, 03 de Agosto de 2022. Hágase saber que en los presentes el suscripto ha sido designado Juez de Trámite (art. 543 CPCC). Conforme surge del sistema informático la iniciación de causa conexa por ante el Tribunal Colegiado de Familia N° 5 y a los fines de evitar el dictado de sentencias contradictorias y unificar la dirección de los procedimientos iniciados por las partes, remítanse las presentes actuaciones a dicho Tribunal sirviendo el presente de atenta nota de remisión. Notifíquese. Firmado Dr. Cottet (Juez) Dra. Belavi (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 11 de Agosto de 2022. Con los autos: CUMIN CAMILA SOLEDAD c/SOLEDAD, MARIANO GASTON s/Alimentos y litis expensas; (CUIJ Nº: 21-10569640-7) a la vista, se provee: Por recibido. Hágase saber la nueva radicación de los presentes y que ha sido designado Juez de Trámite el Dr. Alejandro Azvalinsky (art. 543 del C.P.C.C). Firme y consentido que fuere la designación del suscripto como Juez de Trámite en las presentes actuaciones, se proveerá lo que por derecho corresponda. Notifíquese. Firmado Dr. Azlalinsky (Juez), Dra. Gioda (Secretaria). Otro Decreto: Santa Fe, 09 de Septiembre de 2022. Téngase presente. Encontrándose firme y consentido el proveído de fecha 11/08/2022 (fs. 11), se provee escrito de demanda (cargo N° 24862 -fs. 5/8-): Por presentada, domiciliada y en el carácter invocado, acuérdesele la participación legal correspondiente. Téngase por interpuesta Demanda de privación de la responsabilidad parental y supresión del apellido paterno de Camila Soledad Cumin, en representación de su hija menor de edad Avril Esperanza Solis contra su progenitor, Mariano Gastón Solis, la que tramitará por el juicio sumario (art. 68 inc. 3 Ley N° 10.160). En consecuencia, cítese y emplácese al demandado para que comparezca a estar a derecho, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Notifiquen empleados: Bianco, Calabrese, Diburzi y/o Espenan. Notifíquese. Firmado Dr. Azvalinsky (Juez), Dra. Gioda (Secretaría). Otro Decreto: Santa Fe, 20 de Octubre de 2022....

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