TRIBUNAL COLEGIADO ($ 52,50 455935 Ago. 10)

Fecha10 Agosto 2021
Número de registro455935
EmisorTRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición del Señor Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontracual de la 2ª Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: BUREQUIS LUCAS c/GREGORIS CANDELA y ots s/Daños y perjuicios; Expte. Nº 21-11878301-5, se ha dictado: Rosario 03/05/2021, Agréguese. Por presentado, domiciliado y por parte a mérito del poder acompañado, acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a la demandada para que comparezca a estar a derecho y conteste la demanda y su ampliación de fs. 44 dentro del término de veinte días. Cítese por edictos a la Sra. Gregoris Candela para que comparezca a estar a derecho, por sí o por apoderado, bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en ‘el diario “BOLETIN OFICIAL” y en el Hall Central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reserva de plantear el Recurso de Inconstitucionalidad (Ley 7055) y el Recurso Extraordinario (Ley 48) ante las CSJ de la Provincia de Santa Fe y de la Nación respectivamente. Acredite su Nº de CUIT y su condición fiscal a los fines regulatorios. Oficiese al RNPA, MPA y a las Intituciones Médicas (públicas o privadas) como lo solicita, Concédase al actor el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR