TRIBUNAL COLEGIADO ($ 150 508324 Oct. 09 Oct. 11)

Fecha11 Octubre 2023
Número de registro508324
EmisorTRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición de la Señora Jueza del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual – 1ª Nom. de Rosario, Dra. Varela (en suplencia), secretaria de la autorizante, dentro de los autos caratulados: GAMON, GONZALO OSCAR y otros c/TRIUNFO COOP DE SEGURO LTDA s/Daños y perjuicios; Expte. N° 21-11886714-6, se dispuso: Atento lo solicitado por el Dr. Lucas Wojtasik, notifíquese a los demandados Mónica Liliana Guzmán (DNI Nº 13.958.446) y Horacio Antonio Escalada (DNI Nº 8.444.896) mediante edictos, los cuales se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirán en el hall de P.B. de Tribunales conforme lo dispuesto por el art. 73 CPCCSF. Hágase saber que en el cuerpo del edicto deberá hacerse saber a los demandados que se los cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de 20 (veinte) días y que deberá transcribirse en el mismo decreto de fecha 24 de junio de 2022 (fs. 57) y el presente proveído. Acompañe edicto a los fines de su suscripción por el Tribunal. Rosario, 31/07/2023. Firmado: Dra. Eliana C. Gutiérrez white (secretaria) - Dra. Mariana S. Varela (jueza en suplencia). Rosario, 24 de Junio de 2022. Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee, por presentados, domiciliados y por parte a mérito de los poderes especiales que se acompañan y agregan. Acuérdaseles la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a Escalada Horacio Armando y la citada en garantía Segurometal coop. De seguros ltda. para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente la reservas formuladas. Concédase a los actores el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tenor de las declaraciones juradas de pobreza acompañadas. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe, en el marco de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación , por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden...

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