Sentencia de SALA I, 3 de Septiembre de 2015, expediente CCF 000405/2010/CA001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2015
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA N° 405/2010 –S.

I- TRB PHARMA SA C/ CRAVERI SA S/

CESE DE OPOSICION AL REGISTRO DE MARCA Juzgado N° 6 Secretaría N° 12 En Buenos Aires, a los 3 días del mes de septiembre de 2015, reunidos en Acuerdo los jueces de la Sala I de esta Cámara para dictar sentencia en los autos mencionados, y de conformidad con el orden del sorteo efectuado, el J.R.V.G., dijo:

  1. TRB PHARMA S.A. promovió demanda contra C. S.A.

    por cese de oposición al registro de la marca “MATRIX MIGRA”, Acta N° 2.828.243, para distinguir productos de la clase 5 del N.M..

    Indicó que la ahora demandada se opuso al registro de dicho signo marcario alegando que es confundible con su marca “MIGRATRIPTAN”, N° 2.067.799 de la clase 5, y que pese a las tratativas extrajudiciales y a la mediación efectuada conforme la ley 24.573, la oponente mantuvo su postura, obligándola a iniciar la presente acción.

    En su escrito de ampliación de la demanda de fs.

    23/30 vta. hizo hincapié en el carácter infundado de la oposición, afirmando que los signos enfrentados son decididamente distintos.

    Aludió al carácter de uso común que posee la partícula “MIGRA”, la que es utilizada para distinguir numerosos productos de la clase 5, citando doctrina y jurisprudencia al respecto (conf. fs. 25/6).

    Agregó que haciendo abstracción de la voz de uso común, los restantes vocablos que integran los conjuntos en pugna:

    MATRIX

    y “TRIPTAN” les imprimen suficientes diferencias que los tornan inconfundibles, y que a la hora del cotejo en el campo fonético la inconfundiblidad entre las marcas enfrentadas se acentúa aún más.

    Sintetizó la historia del laboratorio relatando que es de origen nacional y que es titular en la República Argentina Fecha de firma: 03/09/2015 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI de las marcas Artrait, Anguilce, Cronassial, Cyrconil, Diclogesic 50, Bue-Vit, Brek y Calcio-Cit, entre otras.

  2. A fs. 41 ter/45 vta. contestó la demanda “Craveri S.A.”, negando todos los hechos invocados en la demanda que no fueren expresamente reconocidos.

    Relató que el laboratorio C. es ampliamente conocido en el campo de los laboratorios medicinales, y que cuenta con una historia de más de 120 años de trayectoria que lo avalan.

    Reseñó que la primera fábrica de productos químicos farmacéuticos comenzó a operar entre 1886 y 1887, y los que se ocuparon de hacerla funcionar fueron distinguidos farmacéuticos como los doctores G.B.C. y A. y E.P..

    Enfatizó que el doctor G.B.C., químico y farmacéutico piamontés egresado de la Regia Universitá

    di Torino, perteneciente a una familia de farmacéuticos, luego de una breve experiencia como Director del Establecimiento Químico Hermanos Bucco en Pescara, Italia, llegó al país en 1886 convocado como director técnico-científico por la firma “Casa de Productos Químicos Farmacéuticos Demarchi, P. & Cia.”, que se transformó

    en 1893 en “S., C. y T.”, dueños de la “Farmacia de la Estrella”, la botica más importante de la Argentina, y una de las mayores en América del Sur.

    Continuó su relato señalando que la incorporación del doctor C. al grupo director significó para la firma un gran impulso, pues la empresa abrió sucursales en Montevideo, R., Córdoba, San Nicolás y Bahía Blanca, y en su fábrica de productos químicos y farmacéuticos se preparaban comprimidos, la emulsión D., el Vino de Quina, V. de Kola, extractos de fluídos, etc., mientras C., con el afán de difundir el vertiginoso progreso de la química, publicó en 1896 su...

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