Transexualidad y cirugía

AutorRabinovich-Berkman, Ricardo D.
Rabinovich-Berkman, Transexualidad y cirugía
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Transexualidad y cirugía
Propuesta de un texto alternativo para el artículo 110 del Proyecto de Código Civil
argentino y el artículo 13 del nuevo Código Civil brasileño
Por Ricardo D. Rabinovich-Berkman
1. Planteo
Este trabajo es el tercero de una línea, iniciada con la ponencia que presentá-
ramos a las últimas Jornadas Nacionales de Derecho Civil (Buenos Aires, 2001), y
continuada mediante la conferencia que diéramos en el I Congreso Nacional de Fis-
cales de Familia (Río de Janeiro, 2002, inédita). A su vez, su temática e ideas se de-
rivan de cuanto sostuviéramos en la parte pertinente de algunas obras previas1. De
allí que, por una cuestión de prolijidad, y para evitar reiteraciones, en los aspectos
que hemos desarrollado en aquellas oportunidades, no nos explayaremos esta vez.
La primera pregunta que nos vemos forzados a hacer, es si realmente es cosa
sensata el que estemos tratando de la sexualidad como cuestión jurídica. No pode-
mos dejar de recordar el magnífico cuento medieval español del rey que, burlado por
unos estafadores que le aseguraron que vestía telas hermosas que no podían ver los
bastardos, salió desnudo al desfile. Todos tan temerosos como el soberano de que al
declarar que nada veían se los tuviese por hijos ilegítimos, alababan las inexistentes
vestiduras. Hasta que un negro que no había que pudiese perder, llegó al rey y díjole:
Señor, a mí no me empece que me tengáis por hijo de aquel padre que yo digo, ni de
otro, y por ende os digo que yo soy ciego, o vos desnudo vais. [...] Y desde que el
negro esto dijo, otro que lo oyó dijo eso mismo, y así lo fueron diciendo, hasta que el
rey y todos los otros perdieron el recelo de conocer la verdad”2. Así, a menudo, es de
impune lo obvio, por su obviedad misma, que es su mejor escudo.
Se dedican congresos y comisiones de reuniones jurídicas a tratar la cuestión
de la sexualidad. Se publican libros que total o parcialmente la abordan. Se dan cla-
ses sobre ella en las facultades de derecho, conferencias en las entidades que reú-
nen a los autodenominados “letrados”. Es decir, se asume y presume que es un asun-
to jurídico y del menester de los hombres y mujeres de derecho. Pero, ¿realmente lo
es? O, en otras palabras, ¿debería serlo? Veamos:
2. Algunas objeciones
Algunos consideran que las “anormalidades sexuales”, teniendo por tales, al me-
ro efecto de este debate (y sin que ello implique nuestra conformidad con esa postu-
1 Rabinovich-Berkman, Ricardo D., Transexualidad, una aproximación jurídica integradora, Bs.
As., Dunken, 1996; Cuestiones actuales en derechos personalísimos, Bs. As., Dunken, 1997; Vida,
cuerpo y derecho, Bs. As., Dunken, 1998; Responsabilidad del médico, Bs. As., Astrea, 1999; Bíodere-
chos, Bs. As., Dunken, 1999; y Derecho Civil. Parte general, Bs. As., Astrea, 2000.
2 Don Juan Manuel, infante, El conde Lucanor, Bs. As., Difusión, 1979, p. 174 (actualizamos el
idioma).

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